Boletín nº 221 (23-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Jerez de la Frontera (Cádiz)

Nº. 11.246/2010

Dª María Gador Agüero Sánchez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 755/2009 a instancia de la parte actora D. Félix Tirado Porta contra Fondo de Garantía Salarial y DPalma Construcciones Generales SL sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución Sentencia de fecha 8/3/10 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Don Félix Tirado Porta contra DPalma Construcciones Generales SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 3.038,57 € (de las que 165€ son de plus extrasalarial, y 486,70€ por indemnización por cese), incrementados en el 10% correspondiente en concepto de intereses por mora, sin pronunciamiento para el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular Recurso de Suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco Banesto nº 4427 0000 65 0755 09, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 15025 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento).

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.-Se procede a publicar la sentencia dictada por la SSª Ilma. Dª María Soledad Ortega Ugena en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado DPalma Construcciones Generales SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, a 21 de octubre de 2010.-La Secretaria Judicial, María Dador Agüero.

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