Boletín nº 227 (01-12-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 12.043/2010

El Pleno Municipal de 18 de noviembre de 2010 aprobó las Bases de la Bolsa para la contratación del personal a emplear en las obras financiadas con la subvención excepcional destinada a paliar los daños acaecidos en las infraestructuras municipales por las lluvias torrenciales del lunes 16 de agosto de 2010 concedida por la Junta de Andalucía, insertándose a continuación el texto íntegro de dichas Bases:

Bases de la Bolsa para la Contratación del Personal a emplear en las obras financiadas con la subvención excepcional destinada a paliar los daños acaecidos en las infraestructuras municipales por las lluvias torrenciales del lunes 16 de agosto de 2010 concedida por la Junta de Andalucía.

1.- Objeto y estructura.-La presente bolsa tiene por objeto cubrir todas las necesidades de puestos de trabajo (peones y oficiales) derivadas de las obras financiadas con la subvención excepcional destinada a paliar los daños acaecidos en las infraestructuras municipales por las lluvias torrenciales del lunes 16 de agosto de 2010 concedida por la Junta de Andalucía.

La bolsa se estructura en dos categorías, la de peón y la oficial. Una misma persona puede presentar su solicitud a las dos categorías si bien, una vez contratado en una de ellas, no podrá ser contratado en la otra.

2.- Solicitudes.-Las solicitudes para participar en la convocatoria se realizaran en el modelo oficial que se adjunta como Anexo I, a las que se unirá la documentación necesaria indicada en el mismo.

3.- Plazo y lugar de presentación.-El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.

4º.- Requisitos de los aspirantes.-Los aspirantes deberán reunir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 18 años.

b) Hallarse empadronado en Aguilar de la Frontera.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes al puesto solicitado.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

e) Para participar en la categoría de de oficial se deberá acreditar estar en posesión de la titulación exigida para el desempeño de dicho trabajo o contar con una experiencia superior a un año en dicha categoría profesional.

La no observancia de todos y cada uno de los requisitos excluye al candidato, bien de su participación en la selección, o bien de su contratación si hubiese sido seleccionado.

5º.- Baremo de selección. El baremo de selección para cada una de las categorías es el que figura en los Anexos II y III.

Para los casos en que haya que desempatar se tendrán en cuenta los siguientes criterios, que se aplicarán en el orden que a continuación se reflejan:

a) Mayor número de puntos en el apartado de circunstancias socio-laborales.

b) Mayor número de puntos en el apartado experiencia profesional.

c) Mayor número de puntos en el apartado de méritos profesionales y méritos académicos.

En caso de que persista el empate tendrán preferencia los trabajadores que lleven mayor tiempo desempleados, computándose las fracciones de mes. En caso de persistir el empate se resolverá a favor del aspirante de mayor edad.

6º.- Acreditación de méritos. Los aspirantes deberán aportar dentro del plazo de admisión de solicitudes fotocopia simple de los documentos que acrediten los requisitos y los méritos que estimen oportuno alegar conforme al baremo de la convocatoria.

No se podrá admitir ni consecuentemente se valorará ningún mérito que no esté debidamente justificado y acreditado dentro del plazo de presentación de solicitudes.

El tiempo de paro alegado deberá justificarse mediante Informe de vida laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Respecto de los trabajadores afiliados al Régimen Especial Agrario se admitirá cualquier otro documento emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del que resulte su situación de desempleo.

Convocado el aspirante, en su caso, para la contratación, deberá presentar los documentos originales de todos los requisitos y méritos alegados, para la compulsa de las correspondientes fotocopias. Caso de no aportar dichos originales o no coincidir éstas con las fotocopias correspondientes, quedará automáticamente excluido.

7º.- Comisión de selección.-La baremación de las solicitudes se llevará a cabo por una comisión de selección que estará compuesta por:

Presidente.

El Alcalde Presidente.

Vocales.

1.- Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.

2.- Un trabajador (personal laboral fijo o indefinido o funcionario de carrera) del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, que preste servicios en el negociado de personal.

Secretario.

Actuará como secretario el Vocal nº 2.

La comisión baremará las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en los Anexos II y III.

El resultado de la baremación deberá recogerse en un acta en el que se harán constar los aspirantes admitidos y excluidos, las causas de exclusión, las puntuaciones obtenidas por cada candidato en los diferentes apartados, la puntuación total, y la propuesta de contratación por orden de puntuación.

8º.- Resolución Provisional.-El acta de baremación se remitirá al Sr. Alcalde A la vista de lo anterior el Sr. Alcalde dictará resolución provisional que será publicada en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

9º.- Reclamación.-Contra la resolución provisional los interesados podrán interponer las reclamaciones que estimen convenientes. Dichas reclamaciones deberán interponerse en el plazo de cinco días desde la fecha de la publicación de la resolución provisional en la página web, estarán dirigidas al Sr. Alcalde Presidente y deberán fundamentarse en el incumplimiento de algunas de las determinaciones de las presentes bases, haciendo constar expresamente la causa del incumplimiento y la base que se incumple.

10º.- Resolución definitiva.-Examinadas las reclamaciones presentadas la comisión de selección formulará la correspondiente propuesta al Sr. Alcalde quien procederá a dictar la correspondiente resolución definitiva.

La Resolución definitiva se comunicará al negociado de Personal para que proceda a la contratación de los aspirantes seleccionados.

11º.- Contratación.-Los aspirantes serán llamados a medidas que surjan las necesidades de su contratación por riguroso orden de puntuación.

En el supuesto de de que efectuado el llamamiento el aspirante renuncie al mismo, se procederá a convocar al siguiente de la lista pasando aquel al último lugar de ésta. En el supuesto de que el aspirante se encuentre trabajando en el momento del llamamiento conservará su derecho durante un plazo de quince días.

Si una vez contratados todos los aspirantes incluidos la bolsa quedarán por realizar obras objeto de la misma, se reiniciaran las contrataciones por el orden de puntuación, procediendo de la forma prevista en este artículo.

No se podrán contratar simultáneamente a dos personas pertenecientes a la misma unidad familiar.

12º.- Formalización de los contratos.-Los contratos se formalizarán al amparo de la normativa que regula la contratación temporal por escrito, en los modelos oficiales.

13º.- Duración de los contratos.-La duración de las contrataciones será de quince días en el caso de los peones y de treinta días en el caso de los oficiales. No obstante, a solicitud motivada del Director Facultativo, los oficiales podrán ser contratados durante toda la obra.

14º.- Personas con discapacidad.-Se reserva el 5 % de los puestos de trabajo a personas con discapacidad funcional en grado superior al 33 %, que ocuparán los puestos 5, 20, 40 60 y 80 de cada cien.

15º.- Vigencia de la bolsa.-La bolsa estará vigente durante la ejecución de las obras financiadas con la subvención excepcional destinada a paliar los daños acaecidos en las infraestructuras municipales por las lluvias torrenciales del lunes 16 de agosto de 2010 concedida por la Junta de Andalucía

16º.- Recursos en vía administrativa.-La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de la misma podrán ser recurridos por los interesados en los casos y la forma previstos por la Ley del Régimen Jur

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