Boletín nº 228 (02-12-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 11.680/2010
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 740/2010 a instancia de la parte actora D. Jorge Manuel Lizana Sánchez contra Fogasa y Aceites el Palomar S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha del tener literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. Jorge Manuel Lizana Sánchez, contra la entidad Aceites El Palomar, S.A., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 2.812,45 euros, más la cantidad de 263,66 euros en concepto de interés de demora.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/65/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 150,25 euros.
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Aceites el Palomar S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados salvo las que deben revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 10 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.