Boletín nº 228 (02-12-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Jaén

Nº. 11.698/2010

Dª María Asunción Sáiz de Marco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Numero 1 de Jaén, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 313/2010 a instancia de la parte actora D. Manuel Generoso Torres contra Marlina S.L., Fogasa y Promarsal Andalucía SL sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 3/11/10 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando las demandas acumuladas interpuestas por el actor D. Manuel Generoso Torres declaro la improcedencia del despido realizado por la demandada el 20.05.10, y condeno solidariamente a las empresas Marlina SL y Promarsal Andalucía SL al abono al actor de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, 20.05.10 hasta la fecha de ésta resolución, en la cuantía de 8350 Euros, y declaro asimismo resuelto el contrato de trabajo existente entre las partes y por ello condeno a la empresa demandada al abono al actor de la indemnización de 43.500 Euros.

Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder a Fogasa de conformidad a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social Nº 1 de Jaén en los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, debiendo presentar resguardo acreditativo de haber ingresado tanto el importe de la condena como el deposito de 150 euros previsto en el artículo 227 de la Ley de Procedimiento Laboral en la c/c de este Juzgado abierta en el Banesto, Oficina de principal de esta Ciudad (clave nº 2045.0000.64.0313/10).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha, cuando S.Sª. se encontraba celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual yo la Secretaria, doy fe

La Secretaria

Y para que sirva de notificación al demandado Promarsal Andalucía SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 4 de noviembre de 2010.-La Secretaria Judicial, María Asunción Sáiz de Marco.

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