Boletín nº 229 (03-12-2010)

VII. Otras Entidades

Patronato Deportivo Municipal
Lucena (Córdoba)

Nº. 11.250/2010

Bases que han de regir en el concurso-oposición, mediante el turno de promoción interna, convocado por este Organismo Autónomo, Patronato Deportivo Municipal, para la provisión, en propiedad, de dos plazas de Coordinador de Actividades Deportivas.

Primera.- Número de plazas, identificación y procedimiento de selección.-

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, en turno de promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de dos plazas de Coordinador de Actividades Deportivas, vacantes en la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo de este Patronato Deportivo Municipal, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase plazas de cometidos especiales y encuadradas de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Subgrupo C 1 , e incluidas en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2006.

Los puestos de trabajo, de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo vigente, serán los de Coordinador de Actividades Deportivas, con las retribuciones complementarias que constan en dicha Relación.

Segunda.- Requisitos.-

Para tomar parte en este concurso-oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Tener la condición de funcionario, en propiedad, en el Organismo Autónomo Patronato Deportivo Municipal, o en el Excmo. Ayuntamiento de Lucena y pertenecer al subgrupo C 2.

- Contar con una antigüedad en dicho subgrupo C 2, de al menos dos años de servicio activo como funcionario de carrera, al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

- Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o de hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 22ª de la Ley 30/1.984, de 2 de agosto, la falta de la titulación exigida, será suplida por una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo D (C 2 ), o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

Tercera.- Solicitudes de admisión.-

Las solicitudes deberán cumplimentarse, necesariamente, en el impreso normalizado establecido por este Patronato Deportivo Municipal, que se facilitará en el Registro General de éste organismo autónomo y que se encuentra disponible también en la página. www.pdmlucena.com y www.aytolucena.es.

A dicha solicitud se adjuntarán:

  • Los documentos acreditativos de los méritos alegados, conforme al Baremo que se establece en la Base Octava. El Tribunal no valorará méritos que no estén acreditados documentalmente el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

  • Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 30,00 € (treinta euros), cantidad que podrá ser abonada mediante ingreso o transferencia a la Entidad Cajamar nº 3058 3401 91 2720002935, colaboradora de este Patronato, o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería del mismo, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.

Los aspirantes que acrediten alguna de las siguientes condiciones, obtendrán las bonificaciones que para cada una de ellas se indica:

a) Familia numerosa, de carácter general o monoparental, un 30 %.

b) Familia numerosa, de carácter especial, un 40 %.

c) Las personas que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, estarán exentas de esta tasa.

La acreditación de las citadas condiciones, deberá adjuntarse a su solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión del aspirante.

Las referidas solicitudes deberán dirigirse al Sr. Presidente del Patronato Deportivo Municipal, y se presentarán en el Registro General de entrada de documentos de este Organismo, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El texto íntegro de esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado, iniciándose a partir de esta última publicación el plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes.

Cuarta.- Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del PDM dictará resolución en el término máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1.992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios del P.D.M. y del Ayuntamiento, así como en los portales web www.pdmlucena.com. y www.aytolucena.es.

La publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo publicado por Resolución de 22 de febrero de 2010, de la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, iniciándose por aquél cuyo apellido comience con la letra A, siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:

-Presidente: Un funcionario a designar por la persona titular de la Presidencia.

-Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Presidencia.

-Secretario: Un funcionario, que actuará con voz pero sin voto.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza objeto de esta convocatoria.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación se requerirá la presencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

Sexta.- Llamamientos.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Los llamamientos se efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Patronato Deportivo Municipal y en el del Ayuntamiento de Lucena, así como en el lugar de celebración de las pruebas y portales web www.pdmlucena.com. y www.aytolucena.es.

Séptima.- Lugar y calendario de realización de las pruebas.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Presidencia del PDM.

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