Boletín nº 230 (07-12-2010)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de
la Seguridad Social
Administración número 2
Córdoba.
Nº. 11.839/2010
Doña Maria Luisa Vázquez Jurado, Directora de la Administración Numero dos de la Tesorería General de la Seguridad Social en Córdoba, hace saber:
Que por la Jefa de Área de Inscripción y Afiliación de esta Administración de la Seguridad Social se ha tramitado expediente de Baja de Oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos relativo al trabajador D. José Luis González González, con número de afiliación 41157259947 y domicilio en C/ Prol. Ing. Torres Quevedo, nave 11 (14013 Córdoba), por el que se ha resuelto con fecha 29-10-2010 formalizar de oficio su baja en dicho Régimen con fecha de efectos 30-06-2010.
Resultando el interesado desconocido, en ignorado paradero o intentada la notificación de esta resolución sin que se hubiese podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59,4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (B.O.E. del 27), se publica el presente anuncio a fin de que surta efectos como notificación de la misma al interesado; resolución que se ha dictado en base a los siguientes:
HECHOS:
Que usted se encuentra de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde 01-01-1998 por la actividad de "González taller de joyería s.l.
Que en base a la generación deuda, al menos durante las últimas mensualidades, siendo la misma devuelta por causa desconocido o dirección incorrecta se presume que usted no continúa desarrollando la actividad determinante de su inclusión en este Régimen Especial.
Que realizado trámite de audiencia con fecha 15-06-2010, ha sido devuelto por las mismas causas.
Que desde esa fecha ha dejado de reunir los requisitos para permanecer incluido en el mencionado Régimen.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Artículos 2 y 3 del Decreto 2530/70, de 20 de agosto (B.O.E. de 15-9) que regula el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Artículos 29 al 35 y 47 así como disposición transitoria segunda del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (B.O.E. de 27-2)
Artículos 3 y 4 del citado R.D. 84/1996, en materia de competencia de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y sus Administraciones.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27).
Córdoba, 11 de noviembre de 2010.- La Directora, Mª Luisa Vázquez Jurado.