Boletín nº 233 (13-12-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Palenciana
Nº. 12.046/2010
D. José Villalba Tienda, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palenciana (Córdoba), hace saber:
Que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extra ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2010, al tratar el punto número III del Orden del día, adoptó, el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:
III.- Aprobación, si procede, del proyecto de actuación de interés publico para la legalización de una Estación Base de Telefonía Móvil.
Cerrado el debate, se somete el asunto a votación ordinaria resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Palenciana, ../.., adoptó, .../... los siguientes Acuerdos:
Primero.- Aprobar el Proyecto de Actuación de Interés Público en suelo no urbanizable, presentado por D. Ángel González Gónzalez, con DNI. Núm. 28.890.632-X , en nombre y representación de Vodafone España S.A.U, con C.I.F. A-80907397, para la instalación de una Estación Base De Telefonía Móvil, con emplazamiento en el Cerro de las Viñas (Polígono 2; parcela 86), término municipal de Palenciana
Segundo.- Declarar la utilidad pública o interés social que dicho Proyecto comporta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones y Justificar la procedencia de esta actividad en suelo no urbanizable, por la especial naturaleza y características de la instalación.
Tercero.- El presente acuerdo queda sometido a la s siguientes observaciones:
- Se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme al artículo 67. d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable.
- Asimismo, el promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con el artículo 42.5 D. c de la citada LOUA.
Cuarto.- El interesado deberá abonar, conforme el artículo 52.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el importe de la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter excepcional del suelo no urbanizable por una cuantía del 10 % del importe total de la inversión a realizar, excluida la correspondiente a la maquinaria y equipos, que se devengará con ocasión del otorgamiento de la licencia de obras.
Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo a la parte interesada y a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía.
Sexto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Lo que se hace público, para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 f) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía
Palenciana, a 22 de noviembre de 2010.- El Alcalde, José Villalba Tienda.