Boletín nº 239 (21-12-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 12.393/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 184/2010, dimanante de autos núms. 285/2010, 286/2010, 288/2010, 300/2010, 301/2010, 302/2010, 344/2010 al 346/2010 (Acumulados) , en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de Pedro López Colodrero, Antonio Contreras Carmona, Miguel Ángel Moreno Moreno, Francisco José García Castro, Eduardo Fernández Bellido, Rafael García Castro, Alfonso Castejon Trujillo, Manuel García Moreno Y Manuel Vadillo García Contra Fondo de Garantía Salarial y Aluminios y Metales de Córdoba S.L. (Alumeco), habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

"Declarar al/a los ejecutado/s Aluminios y Metales de Córdoba S.L. (Alumeco) en situación de Insolvencia Total por importe de 51.354,83 euros, de los que corresponden a:

DEMANDANTE/EJECUTANTE

CANTIDADES EN SENTENCIA

IMPORTE:

 

Principal

Intereses

 

D. Pedro López Colodrero

5.523,80 €

522,38 €

6.046,18 €

D. Antonio Contreras Carmona

5.489,33 €

548,93 €

6.038,26 €

D. Miguel Ángel Moreno Moreno

5.723,25 €

572,32 €

6.295,57 €

D. Francisco José García Castro

5.368,00 €

536,80 €

5.904,80 €

D. Manuel Vadillo García

4.675,97 €

467,60 €

5.143,57 €

D. Eduardo Fernández Bellido

5.372,59 €

537,26 €

5.909,85 €

D. Manuel García Moreno

3.126,55 €

312,65 €

3.493,20 €

D. Rafael García Castro

5.566,17 €

556,62 €

6.122,79 €

D. Alfonso Castejón Trujillo

5.867,83 €

586,78 €

6.454,61 €

TOTAL:

51.354,83 €

 

insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Hacer entrega al Fondo de Garantía Salarial la cantidad de 712,28 euros mediante transferencia bancaria, conforme a lo acordado en proveído de 03-11-2020.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la empresa ejecutada través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por encontrarse en paradero desconocido

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº 1446 0000 64 0285 10 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos (...)".

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa Aluminios y Metales de Córdoba S.L. (Alumeco), cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Córdoba, a 23 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad