Boletín nº 240 (22-12-2010)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Economía y Hacienda
Delegación Provincial del Tesoro
Córdoba

Nº. 12.387/2010

Don Luis González León, Delegado de Economía y Hacienda en Córdoba, hago saber:

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de R.J.A.P. y P.A.C., al resultar desconocido el domicilio del obligado al pago que a continuación se indica y a fin de notificar el acuerdo del fraccionamiento solicitado por el interesado

Fraccionamiento 2010/39.

Interesado: Plásticos El Ponton, S.L.

N.I.F.: B14779227.

Liquidación nº 00014 2010 0 000736 7.

Domicilio: Crta. de Herrera, 11. 14500 Puente Genil (Córdoba).

Por el Sr. Delegado de Economía y Hacienda se ha dictado la siguiente resolución:

Visto que, transcurrido el plazo de diez días hábiles, que por acuerdo de esta Delegación se le concedieron al interesado para que subsanara los defectos de la solicitud de fraccionamiento y aportación de documentación complementaria, notificada el 09-04-2010 en el Boletín Oficial de la Provincia y expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Puente Genil desde el 22-03-2010 al 12-04-2010, y finalizado el plazo sin que por el interesado se haya hecho manifestación alguna al respecto, y,

Considerando que, en virtud del artículo 45.3 del R.D. 939/2005 de 29 de julio, es competencia del Delegado Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda la facultad de acordar la concesión o no del fraccionamiento en el caso presente, así como para declarar el archivo de las actuaciones por desistimiento o caducidad y,

Considerando que el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dice textualmente Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el art. Anterior y los exigidos en su caso por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hace se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos por el art. 42, procede:

Acordar desistido al interesado de su petición y concluso el procedimiento, con archivo de las actuaciones

Contra el presente recurso podrá interponer, en el caso de disconformidad, en el plazo de quince días siguientes al recibo de la presente notificación, alguno de los siguientes recursos, sin que puedan simultanearse:

a) Recurso de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el R.D. 2.244/79.

b) Reclamación económico-administrativa ante el órgano que lo ha practicado, según lo establecido en el apartado 3 del artículo 235 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Córdoba, 29 de noviembre de 2010.- El Delegado de Economía y Hacienda, Luis González León.

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