Boletín nº 240 (22-12-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 12.396/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 854/2010 a instancia de la parte actora D. Antonio Jesús Patiño Jiménez contra INSS, TGSS, Mutua Intercomarcal y Actividades Construcción y Serv. Anda. Aconsa S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha  21/07/2010 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

- Admitir  esta demanda presentada en materia de Seguridad Social.

- Señalar  el próximo día 18 de enero del 2011 a las 09.30 horas de su mañana, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/ Doce de Octubre, 2 (Pasaje), Pl. 2.

- Citar a las partes, sirviendo el presente decreto de citación en forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

- Se tienen por hechas las manifestaciones del actor de que comparecerá a los actos convocados asistido de Letrado o representado por Graduado Social de su libre designación.

- Se señala, a efectos de oír notificaciones, domicilio en esta Capital, en Cl. Cinco Caballero, Num. 19, Local.

- Interésese del Organismo demandado la remisión a este Juzgado del Expediente Administrativo en el plazo de diez días, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Procedimiento Laboral.

- En cuanto a la pericial en su momento que la interese se dará cuenta a S.Sª.

- Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación a la demandada Actividades Construcción y Serv. Anda. Aconsa S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 23 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez Valdés Muñoz.

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