Boletín nº 240 (22-12-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 4
Córdoba
Nº. 12.404/2010
Doña Aranzazu Calle Robles, Secretaria por sustitución del Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Córdoba, certifico:
Que en el Juicio de Faltas nº 490/09 que se tramite en este Juzgado por Lesiones, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal:
"Fallo: Que debo condenar y condeno a D. Emilio del Pino Priego, como responsable a título de autor de una falta consumada de falta de malos tratos de obra del art. 617.2 del Código Penal, a la pena de diez días de multa, con cuota diaria de ocho euros (8 €), con pena sustitutoria de cinco días de localización permanente para caso de que no pagare la multa en el término único de cinco días desde la fecha de requerimiento que el efecto se practique en ejecución de sentencia, así como al pago de las costas causadas en este instancia.
Publíquese la sentencia, llevándose al original al Libro de sentencias y dejando testimonio literal en las presentes actuaciones, la cual se notificará a las partes instruyéndoles de que contra la misma cabe Recurso de Apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, el cual deberá interponerse mediante escrito motivado en la forma a que se refiere el art. 976.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el improrrogable término de cinco días, a contar desde la fecha de notificación de sentencia.
Firmado y rubricado. Ilegible".
Para que conste y sirva de notificación a Emilio del Pino Priego, que se encuentra en ignorado paradero, a través del Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Córdoba, a 26 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial, Aranzazu Calle Robles.