Boletín nº 242 (27-12-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 12.526/2010
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 11 de noviembre de 2010, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2010, con la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria.- Descripción.- Euros.
1 761.02; Aport. Mpal. Alumbrado Público; 112.977,84.
9 626.01; Instalación Red Local Ayunta.; 8.282,97.
1 761.03; Aport.Ayto.Casa Consistorial; 28.096,71.
4 623.01; Báscula; 5.625,42.
3 610.03; Mejora de Campo de Fútbol 7; 13.280,99.
4 610.04; Otras inversiones; 3.167,70.
Total: 171.431,63.
Bajas en aplicaciones de gastos
Aplicación presupuestaria.- Descripción.- Euros.
3.750.00; Aportación Mpal. Pabellón Polideportivo; 171.431,63.
Total Bajas por anulación: 171.431,63.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villanueva del Rey a 9 de diciembre de 2010.- La Alcaldesa-Presidenta, Mercedes Paz García.