Boletín nº 243 (28-12-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 12.534/2010

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se siguen los Autos núm. 354/2010, sobre reclamación de Cantidad, a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Fogasa y Laumar Córdoba S.L., en la que con fecha 15/11/10 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª Acuerda : Proceder al archivo de las actuaciones por no haberse cumplimentado el requerimiento efectuado a la parte demandante.

Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 1711 0000 65 0354 10, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "30" y "Social-Reposición", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Iltma. Sra. Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba. Doy fe.

La Magistrada-Juez la Secretaria.

Y para que sirva de notificación en forma a Laumar Córdoba S.L., cuyo último domicilio conocido fue en la c/ Dos Torres nº 4- de Córdoba y cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Córdoba, a 1 de diciembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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