Boletín nº 245 (30-12-2010)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 13.271/2010

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2010, se aprobó la Convocatoria Anual de Acción Concertada con los Ayuntamientos, Entidades Locales Autónomas y Mancomunidades de la Provincia de Córdoba, del siguiente tenor literal:

"CONVOCATORIA ANUAL DE ACCIÓN CONCERTADA CON LOS MUNICIPIOS, ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS Y MANCOMUNIDADES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (ejercicio 2011)

1.- Objeto y financiación:

La concesión de asistencia económica por parte de la Diputación Provincial de Córdoba, sus Organismos Autónomos y todas las Entidades Públicas que de ella dependan, en el ejercicio de las potestades públicas que ejerciten a favor de las Entidades Locales firmantes del Convenio Marco Diputación de Córdoba-Entidades Locales 2008-2011, por el que se desarrolla el Programa de Acción Concertada con los Municipios, Entidades Locales Autónomas y Mancomunidades de la Provincia de Córdoba, que posteriormente se plasmarán en el Convenio Específico de Acción Concertada (2011), a suscribir con cada uno de ellos.

En este ejercicio las líneas de cooperación serán las siguientes:

Lineas de Cooperación Anexos Area Destino Dotación Económica 2011 Aplicación Presupuesto 2010 Tipo de operación
Linea A:"Actividades Generadores de empleo en Mancomunidades". A.1. Subv. Mancomunidades Generación Empleo Presidencia Mancomunidades 350.00,00 110,2419,46300 Corriente
Linea B:"Mejora del Endeudamiento de las Entidades Locales" B.1. Subvención Intereses Prestamos a Ayuntamientos HACIENDA AYTOS.-ELA's 100.000,00 365,9316,46200 Corriente
Linea C: "Infraestructuras y Equipamientos. Plan de Aldeas." C.1. Programa Inversiones en Aldeas COOPERACIÓN CON LOS MUNICIPIOS AYTOS.-(con aldeas) 720.000,00 310,1590,76208 Capital
Linea D: "Proyectos medioambientales Agenda 21." D.1. Subvenciones Convocatoria - Proyectos A21 Locales MEDIO AMBIENTE AYTOS. 200.000,00 340,1720,46200 Corriente
Linea E: "Ejecución de programas municipales de cultura en municipios menores de 20.000 habitantes." E.1. Subvenciones a Ayuntamientos - Programas de Cultura CULTURA AYTOS.-ELA's < 20.000H. 864.000,00 450,3341,46200 Corriente
Linea F:"Ejecución de programas municipales de actividades deportivas y contratación de técnicos que las ejecuten." F.1. Apoyo a la contratación de Técnico/a Deportivo/a JUVENTUD Y DEPORTES AYTOS.-ELA's 758.500,00 460,3412,46200 Corriente
F.1. Subv. a Aytos. Programa de deportes
Linea G:"Ejecución de programas municipales de actividades deportivas y contratación de técnicos que las ejecuten." G.1. Apoyo a la contratación de Técnico/a Deportivo/a JUVENTUD Y DEPORTES AYTOS.-ELA's 650.500,00 465,3371,46200 Corriente
G.2. Subv. a contratación técnico juventud Ayuntamientos
Linea H. "Ejecución de proyectos municipales destinados a Planes de igualdad de Oportunidades." H.1. Subvención a Ayuntamientos. Delegación de Igualdad IGUALDAD AYTOS.-ELA's 250.000,00 480,2320,46200 Corriente
Linea I:"Prog. Desarrollo y Empleo de la Zona Norte." I.1. Programa Desarrollo y Empleo Zona Norte DESARROLLO ECONOMICO AYTOS. ZONA NORTE 300.000,00 510,2419,46200 Corriente
TOTALES 4.192.500,00    

La presente convocatoria de ayudas del programa de acción concertada con los municipios, entidades locales autónomas y mancomunidades de la provincia de córdoba queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2.011, quedando aprobada la cuantía total máxima en 4.192.500 euros, la cual tiene carácter estimado al aprobarse en un ejercicio presupuestario anterior a aquel en el que se va a ejecutar el gasto, existiendo las aplicaciones presupuestarias, arriba indicadas en el proyecto de presupuesto sometido a la aprobación del Pleno de esta Diputación Provincial, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto.

2.- Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los Municipios, Entidades Locales Autónomas y Mancomunidades de Municipios de la Provincia de Córdoba menores de 50.000 habitantes que se hayan adherido al Convenio-Marco Diputación de Córdoba-Entidades Locales 2008-2011, teniendo en cuenta las Líneas de cooperación que les correspondan.

Los datos del número de habitantes se tomarán del último Padrón de Habitantes aprobado, referido a 1 de enero del año inmediato anterior a la concesión de la ayuda, así como del Nomenclator de Entidades Singulares de Población aprobados por el Instituto Nacional de Estadística.

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades locales en quienes concurran algunas de las circunstancias siguientes:

- No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en periodo ejecutivo con esta Diputación Provincial.

El cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable suscrita por el representante del municipio ante esta Diputación Provincial.

El cumplimiento de las obligaciones frente a la Agencia Tributaría se verificará por la propia Diputación Provincial. A efectos de lo previsto en el apartado 3 de la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Tributaria.

En el caso de la Seguridad Social se considerará que la entidad local se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, regularizadas por medio de convenio concursal o acuerdo singular, en moratoria o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.

En el caso de obligaciones por reintegro de subvenciones se considerará que la entidad local se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.

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