Boletín nº 246 (31-12-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 12.655/2010
No habiéndose presentado reclamaciones contra la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 22/2010 de créditos extraordinarios, suplementos de créditos y bajas por anulación , acordada en sesión plenaria de 12 de Noviembre de 2010, el mismo ha quedado elevado a definitivo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación se insertan las modificaciones aprobadas, resumidas por capítulos:
A) Créditos extraordinarios:
Capítulo.- Denominación.- Importe.
II; Gastos corrientes en bienes y servicios; 6.850,00.
III; Gastos financieros; 240,54.
VI; Inversiones Reales; 95.000,00.
IX; Pasivos Financieros; 16.640,72.
Total: 118.731,26.
B) Suplementos de créditos:
Capítulo.- Denominación.- Importe.
II; Gastos corrientes en bienes y servicios; 26.000,00.
VI; Inversiones Reales; 156.501,20.
Total: 182.501,20.
Total aumentos: 301.232,46
Recursos que financian la modificación:
1) Remanente Líquido de Tesorería:
VIII; Activos financieros; 269.918,26.
2) Bajas por anulación:
I; Gastos de personal; 15.814,20.
II; Gastos corrientes en bienes y servicios; 15.500,00.
Total igual a Aumentos: 301.232,46.
Según lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el referido expediente de modificación de créditos se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En Iznájar, 10 de diciembre de 2010.- La Alcaldesa, Isabel Lobato Padilla.