Boletín nº 5 (10-01-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 12.919/2010
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 350/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Glucaje Obra Civil S.L., en la que con fecha 24/11/10 se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO:
Que estimando íntegramente la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra Guclaje Obra Civil, S.L., debo condenar y condeno a esta última que abone a la primera la suma de 710,54 € (setecientos diez euros, con cincuenta y cuatro céntimos) correspondiente a las aportaciones obligatorias devengadas desde enero/06 a diciembre/06, recargo de mora incluido, y de cuyo pago se absuelve al Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que es firme.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Glucaje Obra Civil S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 9 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.