Boletín nº 6 (11-01-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Córdoba

Nº. 12.951/2010

D. José Maria Chica Yeguas, Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Córdoba, hace saber:

Que la Dirección Provincial del INSS ha comunicado a la empresa Ute Hseco (Arpo Const S.A. Ingesur y IIC) con domicilio en C/ Presa Martín González, s/n, 14600 Montoro, (Expte. de Faltas de Medidas 36/2009/089) acuerdo de levantamiento de la suspensión del procedimiento del siguiente literal:

"Como continuación a nuestro oficio nº 5388 de fecha 10-02-2010, por el que se le comunicaba el acuerdo de suspensión del expediente de posibles faltas de medidas que se sigue en esta Dirección (expediente 36.2009.089), habiéndose informado por la Delegación Provincial de Empleo mediante oficio de fecha 28-07-2010 que el procedimiento sancionador derivado del acta de infracción, ha sido suspendido por posible concurrencia de sanciones con el orden penal.

Por esta Entidad, dado que artículo 123 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, determina que la responsabilidad que regula este artículo es independiente y compatible con las de todo orden, incluso penal, que puedan derivarse de la infracción, se acuerda el levantamiento de la suspensión del expediente de referencia en cumplimiento de lo previsto en el artículo 27 de RD 928/1999, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de Sanciones por Infracciones en el Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social, y artículo 42.5 c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Que habiendo sido devuelta por el servicio de correos la resolución arriba indicada, correctamente remitida al domicilio de dicha empresa, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59,4ª de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992 de 26 de noviembre (BOE núm. 285 de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad podrá interponer ante este Entidad reclamación previa contra dicha resolución, en el plazo de 30 días a partir de la publicación del presente anuncio, transcurrido el cual, sin haberse ejercitado la misma, esta Entidad dará traslado de lo actuado a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para que proceda por vía reglamentaria.

Córdoba, a 9 de diciembre de 2010.- El Director Provincia, P.D. de firma: Acuerdo 22.1.2007 (BOP 13.2.2007) El Secretario Provincial, Elías Cervelló Zapatero.

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