Boletín nº 9 (14-01-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 4.020/2010

El Sr. Alcalde-Presidente de este Iltre. Ayuntamiento ha dictado con fecha 15 de marza de 2010, la siguiente Resolución:

Decreto 733/2010, de aprobación inicial del Plan Parcial del Sector Residencial SUS/NE-1 11 "Noreste 1" del PGOU de esta ciudad.

Visto que el objeto del Plan Parcial del Sector SUS/NE-1/11 "Noreste 1" conocido como "El Pandero es desarrollar, mediante la ordenación detallada y completa, las determinaciones del PGOU, de acuerdo con los objetivos y criterios de ordenación fijados en la correspondiente ficha:

a) Definición de un nuevo arco viario con carácter de ronda intermedia, acompañado de una zona verde lineal.

b) Previsión de carril bici asociado a la zona verde.

c) La Posición del arco viario será vinculante, pudiendo no obstante ajustarse su trazado, sección y rasantes posteriormente en el plan parcial.

d) Creación de una rotonda para la conexión con el núcleo consolidado a través de la prolongación de la calle Enrique Granados.

e) Ajuste del trazado viario interior del sector a la ordenación de los sectores vecinos.

Visto el documento de Plan Parcial del Sector SUS/NE-1/11 Noreste 1" conocido como "El Pandero" , v isado por el Colegio Oficial de Arquitectos con fecha 18/11/2009 y Nº 09/02889-PP , promovido por Ecourbe, Gestión, S.L., donde se recoge relación de propietarios de terrenos incluidos en el ámbito de actuación, que contiene las determinaciones previstas en el art. 13.3 de la LOUA, y concordantes del Reglamento de Planeamiento, vigente, en lo que no se oponga a la cita Ley, y hasta se desarrolle reglamentariamente la misma.

Visto que su contenido documental se ajusta a lo establecido en el art. 19.1. a). 5º, b) y c) de la LOUA.

Visto el art. 31 de la LOUA, en virtud del cual, la competencia para su formulación y aprobación corresponde al Ayuntamiento;

Visto el informe jurídico relativo al procedimiento a seguir para su aprobación, emitido con fecha 15 de marzo de 2010, por la Técnica Responsable del Departamento Jurídico de Urbanismo.

Visto que con fecha 11 de marzo de 2010 se ha emitido por el Técnico de Disciplina y Gestión Informe Nº 224/2010, en el sentido de Favorable sobre el documento de Plan Parcial presentado con fecha 20/11/2009, donde se hacen constar las siguientes observaciones:

- Conforme al art. 7 del PEI el abono de las cargas reflejadas en dicho Plan Especial habrán de abonarse previamente al proyecto de reparcelación y en todo caso previamente al inicio de las obras de urbanización.

- Para la implantación de los servicios urbanísticos habrá de depositarse garantía económica para el desarrollo de los trabajos de al menos el 7% de los costes de urbanización (art. 130 de la LOUA)".

Y en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

HE RESUELTO:

Primero.- Aprobar inicialmente el Plan Parcial del Sector SUS/NE-1/11Noreste 1" conocido como "El Pandero" promovido por Ecourbe, Gestión, S.L., que desarrolla, mediante la ordenación detallada y completa, las determinaciones del PGOU, de acuerdo con los objetivos y criterios de ordenación fijados en la correspondiente ficha:

f) Definición de un nuevo arco viario con carácter de ronda intermedia, acompañado de una zona verde lineal.

g) Previsión de carril bici asociado a la zona verde.

h) La Posición del arco viario será vinculante, pudiendo no obstante ajustarse su trazado, sección y rasantes posteriormente en el plan parcial.

i) Creación de una rotonda para la conexión con el núcleo consolidado a través de la prolongación de la calle Enrique Granados.

j) Ajuste del trazado viario interior del sector a la ordenación de los sectores vecinos.

Segundo.- Se habrá de dar cumplimiento a las observaciones recogidas en el Informe Urbanístico 224/2010, y en el Informe jurídico de fecha 15 de marzo de 2010:

- Conforme al art. 7 del Plan Especial de Infraestructuras, aprobado por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión extraordinaria celebrada el 17 de diciembre de 2009, el abono de las cargas reflejadas en dicho Plan Especial habrán de abonarse previamente al proyecto de reparcelación y en todo caso previamente al inicio de las obras de urbanización.

- La iniciativa para el establecimiento del sistema de actuación por compensación, se formalizará ante el Ayuntamiento conforme a las determinaciones previstas en el art. 130 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que entre otros extremos exige que para la implantación de los servicios urbanísticos habrá de depositarse garantía económica para el desarrollo de los trabajos de al menos el 7% de los costes de urbanización.

Tercero.- Someterlo a información pública durante el plazo de un mes, mediante inserción de anuncio en el Tablón de Anuncios de este Iltre. Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en uno de los diarios de mayor circulación de la misma.

Cuarto.- Tramitar el expediente de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 de la LOUA, con citación personal a los actuales propietarios de los terrenos comprendidos en su ámbito de actuación.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.1.2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, para que en el plazo de un mes puedan presentarse las alegaciones pertinentes.

Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en la Asesoría Jurídica de Urbanismo de este Iltre. Ayuntamiento, a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, de lunes a viernes en horario de oficina.

Palma del Río a 15 de abril de 2010.- El Segundo Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco J. Domínguez Peso.

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