Boletín nº 14 (21-01-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva 01
Córdoba

Nº. 125/2011

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor don Jesús Paredes Jiménez, con DNI 30818075F, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Avenida de Blas Infante, 26, en Fuente Palmera, donde se remitieron con fecha 9 de diciembre de 2010, las notificaciones al deudor, intentada sin efecto la notificación de la Valoración de bienes inmuebles, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, la cual fue devuelta por el Servicio de Correos. Por tanto según lo dispuesto en los artº 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 (BOE 14-1-99), y a fin de que surta efectos como notificación se publica la presente Valoración de bienes inmuebles.

Córdoba, 28 de diciembre de 2010.- El Recaudador Ejecutivo, Enrique Castro Belmonte.

Notificación al deudor de valoración de bienes inmuebles embargados (TVA-503)

Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe mas abajo se indica, sin haberlas satisfecho y habiéndose procedido con fecha 18/03/10, al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se trascribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

Importe deuda:

Principal: 3239,55 euros

Recargo: 647,95 euros

Intereses: 228,59 euros

Costas devengadas: 361,71 euros

Total: 4477,80 euros

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación, Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formular recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a los dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del dia 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha ley 30/1992.

Córdoba, 9 de Diciembre de 2010.- El Recaudador Ejecutivo Acctal., Rafaela Sánchez Niza.

Relación de bienes embargados:

(con valoración de los mismos)

Deudor: Paredes Jiménez Jesús

Datos Registro

Reg: 14012 Nº Tomo: 1256 Nº Libro: 199 Nº Folio: 7 Nº Finca: 10015

Importe de Tasacion: 119.239,47

Datos finca

Descripción Finca: 50% pleno dom Vvda. con superficie constr. de 125,67 m2

Tipo Vía: Ps

Nombre vía: Blas Infante

Número vía: 3 1

Código Postal: 141200

Código Municipal: 14030.

Descripción ampliada

Urbana: departamento número cuatro. Vivienda tipo 3), situada en planta alta, con acceso propio e independiente a través de un portal y caja de escalera, en planta baja, señalado como portal número 3), y situado en el paseo de Blas Infante, la cual forma parte de un edificio ubicado en el dicho paseo de Blas Infante, sin que tenga aun asignado numero de gobierno, en esquina con calle de

Nueva creación, aun sin nombre y sin número de gobierno de la villa de Fuente Palmera. Tiene una superficie útil de noventa y un metros y treinta y un decímetros cuadrados y, construida de ciento veinticinco metros y sesenta y siete decímetros cuadrados. Se compone de las siguientes dependencias: portal y escalera de acceso, hall, estar-comedor, aseo, cocina, pasillo distribuidor, tres dormitorios, cuarto de baño y terraza. Considerando su frente el paseo de Blas infante, linda, en alto, por la derecha entrando, con la vivienda tipo 4) y, además, con patio de luces y vistas; por la izquierda, con la vivienda tipo 2) con el otro patio de luces y vistas, y, además con la vivienda tipo 1); fondo con finca propiedad de los hermanos Ostos Reyes y por su frente, con espacio sobre el paseo de Blas infante y, además, en parte, con uno de los patios de luces y vistas del edificio y, en bajo, por la derecha entrando y fondo, con

El local comercial de este edificio y, por la izquierda, con el portal de entrada número 2). Esta vivienda tiene derecho, junto con la vivienda tipo 1), a usar el suelo del patio de luces y vistas que, colinda con ambas.

Titulares: Jesús Paredes Jiménez y Diona de la Rosa Domínguez con el 50% del pleno dominio con carácter privativo. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Posadas

Córdoba, 9 de diciembre de 2010.- El Recaudador Ejecutivo Acctal., Rafaela Sánchez Niza.

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