Boletín nº 19 (28-01-2011)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 81/2011

Resolución de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se concede autorización administrativa y aprobación de proyecto de modificación de instalación eléctrica de distribución de alta tensión nº AT 372/83.

Antecedentes:

Primero: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. (unipersonal), solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el "Proyecto de modificación de línea aérea a 66 kV D/C (Lancha-Torrecilla-Casillas)/(Casillas-Santuario) desde el apoyo nº 49 AMV hasta el apoyo nº 51 bis AMV por la obra de variante de trazado de la autovía A-4 entre los pp.kk. 404 y 408 en el T.M. de Córdoba", con la finalidad de reponer el trazado de línea eléctrica de distribución de energía eléctrica, que se ve afectada por las obras para la ejecución de la variante de la autovía A-4 entre los p.k. 404 y p.k. 408 así como del acondicionamiento de su enlace, en el término municipal de Córdoba.

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Tercero: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1.955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el BOP de Córdoba número 185 de fecha 29 de septiembre de 2010, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.

Cuarto: En cumplimiento de los artículos 127 y 131 del RD 1.955/2000, se han remitido separatas del proyecto aportado al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y al Ministerio de Fomento (Servicio de Carreteras) como Organismos afectados, recibiéndose con fechas 4 de noviembre 2010 y 3 de diciembre de 2010 respectivamente, informe favorable de ambos Organismos al respecto.

Quinto: Por el Jefe del Departamento de Energía del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial ha sido emitido informe favorable sobre la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto presentada.

Fundamentos de Derecho

Único: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 134/2010, de 13 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como lo previsto en su artículo 2.2 y en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, propone:

Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de la instalación solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L. con CIF nº B-82.846.817 para la construcción de las instalaciones incluidas en el Proyecto de modificación de línea aérea a 66 kV D/C (Lancha-Torrecilla-Casillas)/(Casillas-Santuario) desde el apoyo nº 49 AMV hasta el apoyo nº 51 bis AMV por la obra de variante de trazado de la autovía A-4 entre los pp.kk. 404 y 408 en el T.M. de Córdoba , en el término municipal de Córdoba, cuyas principales características son:

Reforma de línea eléctrica

a) Peticionario: D. Bernardo Robles Cano, en nombre y representación de Endesa Distribución Eléctrica S.L. (unipersonal) con domicilio a efectos de notificación en Avda. La Borbolla, nº 5, 41004 Sevilla.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Desde el apoyo nº 50 ENT hasta Subestación Torrecilla y desde el apoyo nº 49 AMV hasta el apoyo nº 51 bis AMV de la línea aérea a 66 kV D/C (Lancha-Torrecilla-Casillas)/(Casilla-Santuario) en Córdoba.

c) Finalidad de la instalación: Modificación de línea por la obra de variante de trazado de la autovía A-4 en el T.M. de Córdoba.

d) Características principales: Instalación de seis nuevos apoyos, nª 49, nº 50, nº 1, nº 2, nº 51 y nº 51 bis, desmontaje de los tramos de línea aérea existente entre los apoyos nº 49 (AMV) y 51 bis (AMV) y entre el apoyo nº 50 (ENTR) y el pórtico de la Subestación Torrecilla, tendido y engrapado de conductor aéreo, D-280 y cable de fibra óptica OPGW en el tramo comprendido entre los nuevos apoyos nº 49 y nº 51 bis, y entre el nº 50 y el pórtico de la Subestación torrecilla, y retensado de conductor aéreo D-280, cable de tierra CT-50 y cable autosoportado ADSS, existentes en los vanos adyacentes a los nuevos apoyos nº 49 y 51 bis, de acuerdo con el siguiente detalle:

- Origen: Nuevo apoyo nº 50 ENT. Nuevo apoyo 49 AMV.

- Final: SET Torrecilla. Nuevo apoyo nº 51 bis AMV

- T. Municipal: Córdoba.

- Longitud: Aprox. 928 m.

- Tipo: Aérea D/C.

- Conductor: D-280.

- Apoyos: 6, metálicos de celosía.

- Cable de tierra: OPGW 48.

- Aislamiento: Composite ISI-TWA-A12+11-120SB.

El titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:

1. Esta autorización sólo tendrá validez en ejercicio de competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente Resolución.

4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.

5. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Propuesto:

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.

Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Provincial resuelve elevarla a definitiva:

De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de vientiséis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes&n

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