Boletín nº 41 (02-03-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 1.355/2011

Intentada notificación por el Servicio de Correos en el lugar que consta en el expediente como el de D. Francisco Díaz Rodríguez sin que esta se hubiera podido practicar, d e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE 27-11-92 y 14-01-99 respectivamente), se expone contenido de la misma por plazo de quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Montoro, último domicilio del que se tiene constancia del interesado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba:

"Por el Sr. Alcalde en funciones de esta Corporación con fecha veintinueve de octubre de dos mil diez, ha adoptado el Decreto que se transcribe:

"Vista la denuncia formulada por los Agentes de la Policía Local nº 3656 y nº 3649 de fecha 13 de octubre de 2010, contra D. Francisco Díaz Rodríguez, con DNI. nº 29.943.559-C y domicilio en Plaza de Santa María nº 2 de Montoro (Córdoba), por infracción a la Ley Orgánica 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana:

Fecha: 13 de octubre de 2010

Hora: 14:30 horas

Lugar de la denuncia: Avenida de Andalucía

Hechos: La persona que se identifica, tenía su vehículo mal estacionado, al estar el agente con DIP 3656, formulando la correspondiente denuncia de tráfico, apareció este señor, vociferando e insultando al agente. Que al ser requerido para que retirase el vehículo de la acera y para que se identificase, este se niega en varias ocasiones e incluso llega a empujar al agente actuante. Que todo esto provoca un desorden en la vía pública consistente en un aglomeramiento de personas e incluso por unos momentos llega a producirse el corte de tráfico por la Av/ Andalucía de esta localidad.

Considerando que los hechos denunciados constituyen una infracción leve recogida en el art. 26 apartado i) y apartado h) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero sobre la Protección de la Seguridad Ciudadana.

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero sobre la Protección de la Seguridad Ciudadana, 68 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, por el presente

Resuelvo:

Primero: Iniciar procedimiento sancionador según ha quedado plasmado en esta Resolución por los hechos que se han señalado, tipificando la falta como leve y sancionable según establece el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana con multa de hasta 150 euros.

Segundo: Nombrar para su tramitación como Instructor del procedimiento a D. José Romero Pérez, Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Secretario al Técnico de Administración de esta Corporación, D. Sergio Pozas Iglesias, pudiendo ser recusados por el interesado caso de concurrir en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero: En virtud del artículo 10 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el órgano competente para la resolución del expediente es el Alcalde.

Cuarto: Advertir al interesado que dispone de un plazo de 15 días a contar del siguiente al de la fecha de recepción de esta Resolución para formular cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, indicándole que en ausencia de las mismas, la iniciación del procedimiento, podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los art. 18 y 19 del citado Real Decreto 1398/1993, de acuerdo con lo establecido en el art. 13, apartado 2 del mismo.

Quinto: Comuníquese este acuerdo al Instructor y Secretario del expediente, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto.

Sexto: Comuníquese este Decreto a la Policía Local de Montoro como denunciante de los hechos".

Montoro, a 28 de enero de 2010.- El Alcalde, Antonio Sánchez Villaverde.

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