Boletín nº 51 (16-03-2011)

VI. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Social
Sevilla

Nº. 1.905/2011

Don Manuel Varón Mora, Secretario de la Sala de lo Social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, hace saber:

Que en el Recurso de Suplicación nº 824/10-IN, dimanante de los Autos nº 879/09 seguidos por el Juzgado de lo Social Número Tres de los de Córdoba, seguidos entre las partes que se expresarán, se ha dictado por esta Sala la Resolución cuya parte dispositiva es como sigue:

Con estimación parcial del Recurso de Suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la Sentencia de fecha 9/02/2010, dictada por el Juzgado de lo Social Número Tres de los de Córdoba en virtud de demanda sobre Seguridad Social, formulada por Beatriz Bustos Fernández, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Fogasa, GPA Iberia Pública 2004, S.L. y Activia Mutua 2008, debemos revocar y revocamos dicha Sentencia en lo tocante la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social que la misma establece, declarándose por ésta que tal responsabilidad subsidiaria para caso de insolvencia de la empresa, sino para caso de insolvencia de la Mutua, Activia Mutua 2008, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la Sentencia.

Notifíquese esta Sentencia a las partes y al Excmo. Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, cabe Recurso de Casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente Sentencia será firme.

Una vez firme esta Sentencia, devuélvanse los Autos al Juzgado de lo Social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta Sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así por nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a GPA Iberia Pública 2004, S.L., cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente en Sevilla a 10 de febrero de 2011.- Doy fe.- El Secretario, Manuel Varón Mora.

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