Boletín nº 52 (17-03-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 2.088/2011

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de Priego de Córdoba, de fecha 8 de noviembre de 2010, fueron aprobadas las bases de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Técnico Medio de Hacienda, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2010, y posteriormente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de Priego de Córdoba, de fecha 14 de febrero de 2011 han sido modificadas quedando como sigue:  

BASES QUE REGIRÁN PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE HACIENDA VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2010.  

1. Normas generales:

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de funcionario Técnico Medio de Hacienda, grupo A2, encuadrada en el grupo de Administración Especial, subgrupo de Técnicos Medios, dotada con el nivel 26 de complemento de destino, vacante en la plantilla del personal funcionario de este Exmo. Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2010.

1.2. A presentes pruebas selectivas les serán de aplicación las bases de la presente convocatoria, y en lo no previsto en ellas, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el R.D. 896/1991, de 17 de junio, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, Decreto 2/2002, de 9 de enero, de la Junta de Andalucía y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los aspirantes seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades establecido por la normativa vigente.

1.3. Requisitos.

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de admisión de instancias, del título de Diplomado o Licenciado en Ciencias Empresariales o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

B) Todos los requisitos a los que se refiere la base 1.3, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.  

2. Procedimiento de selección.

I.- Fase de oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 60 preguntas con tres respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, y versarán sobre todas las materias del programa del anexo I de estas bases, en un periodo de sesenta minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos que se alcanzará con la respuesta correcta de la mitad de las preguntas planteadas. No puntuarán negativamente las respuestas erróneas y/o las no contestadas. La puntuación será la que resulte proporcional al número de respuestas correctamente contestadas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal relacionado con una o varias materias relacionadas en el Anexo II, en el tiempo máximo de 2 horas.

Para la realización de dicho ejercicio los aspirantes podrán venir provistos de legislación así como de máquinas calculadoras no programables. Se prohíben libros con supuestos o ejemplos resueltos y similares.

El ejercicio se calificará hasta un máximo de 20 puntos, teniendo carácter eliminatorio para quienes no alcancen un mínimo de 10 puntos.

La calificación de los dos ejercicios de la fase de oposición se determinará hallando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Órgano de Selección.

La puntuación de la fase de oposición será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, siendo la puntuación máxima a obtener en la misma de 30 puntos.

II. Fase de concurso.

A) Experiencia profesional: se computarán los servicios prestados hasta el día en que se inicie el plazo para la presentación de instancias.

1. Por cada mes de servicio prestado en la Administración Local, en plaza y/o puesto igual al convocado: 0,07 puntos.

2. Por cada mes de servicio prestado en cualquier otra Administración Pública distinta de la Local en plaza y/o puesto igual al convocado: 0,02 puntos.

3. Por cada mes de servicio prestado en la empresa privada en plaza y/o puesto igual al convocado: 0,01 puntos.

En ningún caso se valorará los servicios prestados en plaza igual a la convocada en comisión de servicio o funciones de superior categoría, y sólo se tendrán en cuenta meses completos.

No podrán acumularse puntos de los apartados precedentes por servicios prestados durante el mismo periodo de tiempo, valorándose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Los aspirantes que acrediten estar desempeñando puesto de igual categoría con anterioridad al 1 de enero de 2005 serán valorados con 2 puntos más en este apartado.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A) será de 10,00 puntos.

Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificado del Organismo correspondiente y los prestados en empresa privada se acreditarán a través del contrato de trabajo visado por el SAE e informe de Vida Laboral de la Seguridad Social, o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria.

No se computarán en ningún caso los servicios prestados como funcionario de empleo.

B) Formación.

1. Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas organizadas por la Administración Pública u Organismos de ella dependientes u otras Entidades Públicas o Privadas en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales, con contenidos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria, debidamente acreditados:

- De hasta 10 horas lectivas o 1 día de duración: 0,05 puntos.

- De 10 a 30 horas lectivas: 0,15 puntos.

- De 31 a 60 horas lectivas: 0,30 puntos.

- De 61 a 90 horas lectivas: 0,45 puntos.

- De 91 a 150 horas lectivas: 0,75 puntos.

- De 151 a 250 horas lectivas: 1,25 puntos.

- A partir de 251 horas por cada tramo que resulte de sumarle 100 horas lectivas se aumentará la puntuación del tramo anterior con 0,50 puntos, y así sucesivamente.

La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 6,00 puntos.

2. Titulación: Por estar en posesión de una titulación académica oficial superior a la exigida para el puesto al que se opta se valorará con 0,50 puntos. No se computará la titulación académica oficial media exigida para la plaza a la que se opta, ni la superior a ésta si es la acreditada para participar en el proceso selectivo.

La puntuación máxima a obtener por titulación será de 1,00 punto.

3. Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas para puesto de igual categoría al que se opta en la Administración Local, se valorará 0,30 puntos por ejercicio hasta un máximo de 2 puntos.

La puntuación máxima por este apartado B) será de 8,00 puntos.

C) Otros méritos.

1. Por impartición de cursos, seminarios, congresos o jornadas que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a que se opta, 0,50 puntos con un máximo de 1,00 punto.

2. Por presentación de memorias o publicaciones, por cada una 0,50 puntos, con un máximo de 1,00 punto.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo anterior, siendo la puntuación máxima a obtener en la fase de concurso de 20,00 puntos.

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad