Boletín nº 57 (24-03-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 7.801/2010 (Corrección de anuncio)
Mediante anuncio número 7801 publicado en Boletín Oficial de la Provincia de fecha 26 de octubre de 2010, se publicaron los acuerdos adoptados por el Excmo. Ayuntamiento Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día veintiocho de junio de dos mil diez.
Por error en el punto segundo del citado acuerdo no fueron incluidas las tablas retributivas de capitulares y personal de confianza, que son las que a continuación se relacionan:
CATEGORIA |
TOTAL 2009 |
TOTAL 2010 |
SUBIDA |
% |
ALCALDE-PRESIDENTE |
66.729,18 |
60.723,60 |
-6.005,58 |
-9,00 |
PORTAVOZ, TENIENTE ALCALDE |
60.706,10 |
55.849,64 |
-4.856,46 |
-8,00 |
CONCEJAL/A CON RESPONSABILIDAD DE GOBIERNO, MIEMBROS NO ELECTOS, PORTAVOZ ADJUNTO, SECRETARIO/A GRUPO (DELEGACIONES), VICEPORTAVOCES |
54.542,74 |
50.724,80 |
-3.817,94 |
-7,00 |
CONCEJAL/A SIN DEDICACION, MIEMBROS NO ELECTOS SIN DEDICACION |
10.401,00 |
10.401,00 |
0,00 |
0,00 |
REPRESENTANTE DE BARRRIADA |
866,75 |
849,42 |
-17,33 |
-2,00 |
CONCEJAL/A C/ DEDICACION, SIN RESPONSABILIDAD |
48.699,00 |
45.290,00 |
-3.409,00 |
-7,00 |
ASESOR/A: ALCALDIA, GRUPO COMUNICACIONES, PRENSA; JEFE/A GABINETE, SECRETARIO/A PARTICULAR |
43.953,84 |
40.877,06 |
-3.076,78 |
-7,00 |
DIRECTOR/A PROYECTOS, DIRECTOR/A PROYECTOS PEC |
57.333,78 |
52.747,10 |
-4.586,68 |
-8,00 |
ASESOR/A DE GRUPO |
39.593,26 |
37.217,60 |
-2.375,66 |
-6,00 |
ADMINISTRATIVO/A |
29.687,00 |
28.621,18 |
-1.065,82 |
-3,59 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO |
26.138,70 |
25.401,60 |
-737,10 |
-2,82 |
COORDINADOR/A GRUPO |
44.152,50 |
41.061,86 |
-3.090,64 |
-7,00 |
COORDINADOR/A COMUNICACIONES, JEFE/A PRENSA |
53.463,76 |
49.721,30 |
-3.742,46 |
-7,00 |
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del art. 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, indicando que contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, tal y como dispone el art. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C.
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, tal y como establece el art. 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.
En el supuesto de que interponga recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los arts. 43.2, 11