Boletín nº 59 (28-03-2011)
II. Administración General del Estado
Ministerio de la
Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Nº. 2.418/2011
Intentada la notificación en el último domicilio conocido del Archivo de la Prórroga de Estancia, relativa a la solicitud formulada por el/la ciudadano/a extranjero Misbel González Mulkay, nacional de Cuba, con NIE Y-1390413P, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 de la La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y 29 y 30 del Real Decreto 2.393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley Orgánica, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas en el artículo 29.4 del Real Decreto indicado, resuelve:
Declarar el desistimiento tácito de la solicitud y ordenar el archivo del expediente, al concurrir los motivos que se exponen a continuación:
Con fecha 20/08/2010 se notificó al interesado un requerimiento de documentación que no aportó en el plazo fijado.
Asimismo, con fecha 20/12/2010 se notificó al interesado un requerimiento para que procediera al abono de las tasas devengadas por la tramitación de la autorización administrativa solicitada; transcurrido el periodo de pago voluntario y el de la acreditación documental del mismo, establecidos en la Orden PRE/3/2010, de 11 de enero, y no existiendo constancia de que se haya procedido al abono de las tasas requeridas, se le tiene por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, se advierte al extranjero/a que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley Orgánica 4/2000, citada, en relación con el artículo 29.6 del real decreto 2.393/2004, deberá abandonar el territorio español antes de que finalice el periodo de estancia inicial o, de haber transcurrido éste, en el plazo máximo de setenta y dos horas, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante este Centro en el plazo de un mes, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado, o bien podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución.
Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 19 de enero de 2011.- El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.