Boletín nº 60 (29-03-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
Córdoba

Nº. 2.500/2011

Resoluciones actas infracción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre), hace saber a los interesados relacionados que se han dictado resoluciones de expedientes administrativos de infracción que no han podido ser comunicadas por ausencia o ignorado paradero.

Los expedientes estarán de manifiesto en la Sección de Sanciones de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Avda. Conde de Vallellano, s/nº, 2º planta.

Al mismo tiempo se advierte del derecho que les asiste para interponer Recurso de Alzada, ante la autoridad que corresponda, en el plazo de un mes, a tenor de lo dispuesto en el artº 14 y sus concordantes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el correspondiente recurso, las resoluciones serán remitidas para su cobro, en la forma legalmente establecida.

Nº acta.- Nombre/razón social.- Domicilio.- Localidad.- Importe.- Materia.- Órgano competente.

I132010005002208; Inter-Corse, S.L.; Ricardo Cabañero, 5; Puertollano; 626,00 €; Seguridad Social (1).

I142010000135266; Inter-CorseSE, S.L.; Ricardo Cabañero, 5; Puertollano; 626,00 €; Obstrucciónl (2).

(1) Director/a General de Ordenación de la Seguridad Social.

(2) Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Córdoba a 8 de marzo de 2011.- El Secretario General de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, José Antonio Requena Gutiérrez.

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