Boletín nº 60 (29-03-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 2.504/2011
En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr. Diego José Gibaja Galindo, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, en los autos número 237/2011 seguidos a instancias de José Moreno Guerrero contra Plásticos El Pontón S.L. sobre Despidos/Ceses en general, se ha acordado citar a Plásticos El Pontón S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 28 de abril de 2011, a las 11:50 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ Doce de Octubre, 2 (Pasaje), Pl. 3 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.
Requiérase a la demandada para que aporte en el acto de juicio, los documentos interesados en la demanda con el apercibimiento de si los mencionados documentos no se aportan en ese momento sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada.
Respecto del interrogatorio de la demandada, cítese en forma a los administradores de la demandada D. Antonio Manuel Almeda Santos y D. Domingo Márquez Mármol, apercibiéndole que de no comparecer el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que dicha parte hubiese intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sean enteramente perjudiciales.
Y para que sirva de citación a Plásticos El Pontón S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.
En Córdoba, a 4 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.