Boletín nº 61 (30-03-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Nº. 2.578/2011
Por Acuerdo del Pleno de fecha 16 de diciembre de 2010, se aprobó definitivamente el Convenio urbanístico de gestión del ARI-2 Los Hortes de Argallón. Convenio que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los Registros Administrativos de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición potestativo, en el plazo de un mes, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Fuente Obejuna a 10 de marzo de 2011.- El Alcalde, firma ilegible.