Boletín nº 93 (18-05-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 4.409/2011
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento de Cantidad núm. 1367/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de Pedro Miguel Fernández Alves contra Almosa Grupo Empresarial S.L., en la que con fecha 06/04/11 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Sentencia Nº 196/11.
En Córdoba, a seis de abril de 2011, vistos en juicio oral y público los autos de referencia, que se iniciaron a instancia de D. Pedro Miguel Fernández Alves, representado y defendido por Dña. Francisca Funes Estepa, Letrada, contra la empresa Almosa Grupo Empresarial, S.L., que no compareció, sobre reclamación de cantidad.
FALLO:
Que estimando íntegramente la demanda formulada por D. Pedro Manuel Fernández Alves contra Almosa Grupo Empresarial, S.L., debo de condenar y condeno a la esta última a que pague al primero la suma total de 2.147,46 € (dos mil ciento cuarenta y siete euros con cuarenta seis céntimos).
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, y que será resuelto por la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía/Sevilla.
Igualmente, se advierte al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la suma de 150,25 € en la cuenta abierta en Banesto, sucursal Avda. Conde de Vallellano, a nombre de este Juzgado con el núm. 1711, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, que caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignarla en la cuenta citada o formalizar aval bancario por la misma suma.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Almosa Grupo Empresarial S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Cordoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Cordoba, a 26 de abril de 2011.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.