Boletín nº 100 (27-05-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 4.739/2011
La Alcaldesa de esta ciudad, hace saber:
Que finalizado con fecha 31 del pasado mes de marzo el plazo de 30 días en que ha permanecido sometido a información pública la modificación del artículo 9 del Reglamento de Servicios del Cementerio Municipal San José, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2011, sin que contra la misma se hayan formulado reclamaciones ni sugerencias de clase alguna, dicha modificación se entiende definitivamente aprobada, en el sentido de adicionar a dicho artículo el siguiente párrafo:
5. La adjudicación de panteones en altura se podrá efectuar en los lugares previamente autorizados por el Ayuntamiento, en función de la disponibilidad y observando las siguientes condiciones:
- Los nichos bajos, primero y segundo se destinarán a inhumaciones de cadáveres por un tiempo mínimo de 5 años.
- El nicho tercero de cada columna se dedicará a osario.
- Una misma persona física o Jurídica podrá solicitar hasta dos columnas, debiendo en todo caso de dejar reservado como mínimo uno de los nichos de nivel superior a osario.
- El conjunto del Panteón en Altura, deberá de tener un único diseño en sus lápidas, que deberán de ser individualizadas para facilitar el trabajo de los operarios municipales.
- La adjudicación se podrá realizar una vez que estén libres los cuatro nichos de cada columna y por orden de solicitudes según la fecha y nº del registro de entrada de la solicitud en el Ayuntamiento.
- En las columnas en las que solo este ocupado un nicho, el titular del Derecho Funerario, podrá solicitar la adjudicación del Panteón en Altura del que forma parte el citado nicho previamente a la exhumación.
- En ningún caso se podrán adjudicar una columna si son dos o más los nichos ocupados, salvo que el titular del Derecho funerario sea la misma persona física o jurídica.
- La adjudicación del Derecho Funerario se hará a una persona física o jurídica por un periodo de 50 años, que podrá renovarse a su término previa solicitud del titular del derecho.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cabra, 28 de abril de 2011.- La Alcaldesa, Mª Dolores Villatoro Carnerero.- Por mandato de S.Sª.: El Secretario, Jesús Cobos Climent.