Boletín nº 102 (31-05-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Jaén
Nº. 4.860/2011
D. Miguel Ángel Rivas Carrascosa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Jaén, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 774/2010 a instancia de la parte actora Pedro Garrido Quesada contra Promarsal Andalucía S.L., Fogasa y Marlina S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo, en lo necesario, es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda promovida por don Pedro Garrido Quesada condeno solidariamente a las empresas Marlina, S.L. y Promarsal Andalucía, S.L., a que abonen al actor la suma de 4.131,16 €, más el diez por ciento de interés de mora.
Con absolución del Fogasa en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante este Juzgado, en plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en el Banesto de esta capital con el número 2090 0000 65 0774 10 el importe total de la condena y en la cuenta corriente 2090 0000 89 0774 10 la suma de 150 euros como depósito especial para recurrir.".
Y para que sirva de notificación al demandado Promarsal Andalucía S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 6 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial, firma ilegible.