Boletín nº 125 (01-07-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 6.041/2011
Convenio-Jilosa (Jiménez Lopera S.A.)
Expediente-14/01/0002/2011
Fecha-16/06/2011
Asunto-Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario-Manuel Sánchez García
Código de Convenio número 14100011012011
Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 24 de enero de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Empresa Jiménez Lopera S.A. Centro de Trabajo de Córdoba por los que se aprueban las Tablas salariales definitivas de 2010 y las provisionales para 2011, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Trabajo de Ministerio de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Segundo.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 16 de junio de 2011.- El Delegado Provincial de Empleo Junta Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.
Jiménez Lopera, S.A.
Por la empresa:
D. Juan Antonio Pérez Bañuelos
Por los trabajadores:
D. Manuel Sánchez García
D. Juan Martínez Beltrán
D. Juan Antonio Alonso
Centro de Trabajo Córdoba:
En Córdoba, siendo las 13:30 horas del día 24 de enero de 2011, se reúnen los mencionados al margen, representantes de la empresa Jiménez Lopera, S.A. y de sus empleados en el Centro de Trabajo de Córdoba, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Convenio Colectivo del citado Centro de Trabajo en cuanto a revisión salarial y elaboración de las tablas salariales definitivas de 2010 y provisionales para 2011.
El artículo 12 del citado Convenio Colectivo establece que A excepción del Plus Compensatorio por Cambio de Centro y el Plus de Nocturnidad que permanecerán invariables, los Conceptos Económicos incorporados en Tabla del Anexo I se revisarán, con efectos retroactivos desde 1 de enero de 2010, aplicando el IPC Real Nacional que finalmente resulte a final de 2010 publicado por el INE para el periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2010. Una vez publicado el dato por el INE, los atrasos que resulten se abonaran simultáneamente a la nómina del mes de febrero de 2011.
En aplicación del citado artículo se Anexa la Tabla definitiva 2010 - + 3 % -.
Igualmente el artículo 12 estable que Para el año 2011, todos los Conceptos Económicos resultantes de 2010 a excepción del Plus Compensatorio por Cambio de Centro que permanecerá invariable, se revisarán, con efectos retroactivos desde 1 de enero de 2011, aplicando el IPC REAL Nacional que finalmente resulte a final de 2011 publicado por el INE para el periodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2011 + 0,25. Una vez publicado el dato por el INE, los atrasos que resulten se abonaran simultáneamente a la nómina del mes de febrero de 2012...
En aplicación del citado artículo se Anexa la Tabla provisional 2011 - + 0,25 % -.
Lo que las partes acuerdan con la firma del presenta acta y las tabla salariales que a continuación se unen.
Por la Empresa, firma ilegible. Por la Representación Trabajadores, firmas ilegibles.
TABLA SALARIAL DEFINITIVA AÑO 2010
CENTRO DE TRABAJO DE CÓRDOBA
|
Definitiva 2010 |
---|---|
Concepto |
Cuantía |
CONDUCTOR MECANICO |
930,55 |
PLUS CONVENIO |
37,75 |
PLUS DE PELIGROSIDAD |
4,60 |
PLUS DE NOCTURNIDAD |
1,55 |
PLUS DE TRANSPORTE |
5,45 |
PLUS DOMINGOS Y FESTIVOS |
68,42 |
HORAS EXTRAORDINARIAS |
9,71 |
HORAS DE PRESENCIA |
9,66 |
BOLSA DE VACACIONES |
599,46 |
AYUDA A ESTUDIOS |
88,58 |
PLUS CAMBIO CENTRO POLIG PEDROCHES A CUESTA ESPINO |
3,00 |
DIETAS |
|
COMIDAS |
15,51 |
CENA |
15,51 |
DESAYUNO |
3,62 |
DIETAS DE DESPLAZAMIENTO |
|
COMIDA |
21,09 |
CENA |