Boletín nº 125 (01-07-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 6.044/2011

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Hornachuelos ha dictado, con fecha 15 de junio de 2011 la siguiente Resolución, transcrita literalmente:  

Decreto 256/2011

Esta Alcaldía tiene atribuida la competencia para autorizar matrimonios civiles, por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre. 

Por otro lado, el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, faculta a los Alcaldes para delegar determinadas atribuciones, entre la que se encuentra la de celebrar matrimonios civiles. 

En su consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 43, 44, 120 y 121 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

He resuselto

Primero.- Efectuar delegación especial en el Concejal de esta Corporación D. Francisco Miguel Castro Páez, para autorizar el matrimonio civil entre Don Pedro Javier Mangas Pérez y Doña Rafaela Murillo Pérez. 

Segundo.- Autorizar la celebración del referido matrimonio civil en el Cine Municipal, que tendrá lugar el día 25 de junio de 2011, a las 12,30 horas. 

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarto.- Notificar el presente Decreto a los contrayentes y a D. Francisco Miguel Castro Páez. 

Dado en Hornachuelos, a quince de junio de dos mil once.

Hornachuelos, a 15 de junio de 2011.- La Alcaldesa, Mª Carmen Murillo Carballido.

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