Boletín nº 130 (08-07-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Pedro Abad
Nº. 6.231/2011
Doña Magdalena Luque Canalejo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pedro Abad Córdoba, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y siguientes de la L. 7/1985, de 2 de abril, que por el Ayuntamiento Pleno que presido en sesión orgánica celebrada el pasado 22 de junio de 2011, se adoptó el acuerdo de modificación de la Base 30ª de Ejecución del Presupuesto de 2009 prorrogado para 2011, según detalle:
MODIFICACIÓN DE LA 30ª BASE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO 2009 PRORROGADO PARA 2011
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 73 y ss de la L. 7/1985, de 2 de Abril LRBRL., y art. 13 del RD. 2.568/1986, de 28 de Noviembre ROFRJ., se establece el siguiente régimen de retribuciones por dedicación exclusiva para la Alcaldía, asistencias por concurrencia efectiva a sesiones de órganos colegiados para aquellas/os que no ostenten dedicación exclusiva, y dotación económica para los Grupos Políticos Municipales, según detalle:
1.- Retribuciones por dedicación exclusiva de la Alcaldía por importe de 23.800,00 euros / Brutos / Año divididos en 14 pagas de 1.700,00 euros. Vacaciones de 22 días hábiles. (Con efectos de fecha 23.06.2011).
2.- Asistencias por concurrencia efectiva a sesiones de órganos corporativos colegiados, con efectos de fecha 11.06.2011 incluida Alcaldía hasta 22.06.2011):
- Asistencia a sesiones Plenarias, 229,50 euros.
- Asistencia a sesiones de Comisión Especial de Cuentas / Comisiones Informativas y Junta de Portavoces, 40,80 euros.
- Asistencia a sesiones de la Junta de Gobierno Local, 153,00 euros no más de una al mes.
3.- Dotación Económica a Grupos Políticos Municipales:
- Componente Fijo, 153,00 euros por Grupo y mes.
- Componente Variable, 51,00 euros por Concejal y mes.
4.- Las retribuciones, asistencias y dotaciones económicas a la Alcaldía, Concejalías y Grupos Políticos Municipales, por acuerdo de Pleno de fecha 09.10.2008, quedan determinadas sin incremento anual.
5.- Sustitución de la Alcaldía, por cada día de sustitución de la Alcaldía por vacaciones, asuntos familiares o particulares se abonará al sustituto/a de ésta una indemnización de 40,00 €/día hasta un máximo de 36 días al año, excepto en el supuesto de baja médica por enfermedad ILT., en la que el sustituto/a será indemnizado por la totalidad de días que perdure ésta.
Lo que publico para general conocimiento.
Pedro Abad, 27 de junio de 2011.- La Alcaldesa, Magdalena Luque Canalejo.