Boletín nº 131 (11-07-2011)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 6.317/2011
Convenio: Empresa Concesionaria del Servicio de Ayuda a Domicilio (Concertada) del Ayuntamiento de Córdoba Clece S.A.
Expediente: 14/01/0002/2011
Fecha: 27/06/2011
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: María Elena Palmero Tenllado
Código de Convenio número 14002792012010
Visto el Texto de los Acuerdos adoptados por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de de Ayuda a Domicilio de la Empresa Clece, SA., por los que se aprueban las Tablas Salariales para 2010 y 2011, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Trabajo de Ministerio de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Segundo.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Provincial de Empleo Junta Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.
Se acuerda en la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Ayuda a Domicilio de la empresa CLECE las siguientes retribuciones para el año 2010 y 2011:
Retribuciones del año 2010 con la revisión del IPC |
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1% |
Salario base |
Plus Transporte |
Plus Asistencia |
Responsable/Director de Coordinación |
1.149,36 |
89,44 |
124,66 |
Trabajador/a Social |
1.149,36 |
89,44 |
124,66 |
Ayudante de Coordinación |
951,71 |
60,15 |
103,97 |
Administrativo |
1.091,26 |
60,15 |
103,97 |
Auxiliar de SAD |
793,97 |
60,15 |
103,97 |
Kilómetros |
0,22 |
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Retribuciones del año 2011 |
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Se incrementará el 30% del plus de asistencia en salario base + 1% |
Salario base |
Plus Transporte |
Plus Asistencia |
Responsable/Director de Coordinación |
1.198,62 |
90,35 |
88,13 |
Trabajador/a Social |
1.198,62 |
90,35 |
88,13 |
Ayudante de Coordinación |
992,73 |
60,75 |
73,51 |
Administrativo |
1.133,67 |
60,75 |
73,51 |
Auxiliar de SAD |
833,41 |
60,75 |
73,51 |
Kilómetros |
0,22 |
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A estas tablas se le añade el concepto Plus de Antigüedad cifrado en el 2,5% del Salario Base por cada bienio. |