Boletín nº 132 (12-07-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Jaén
Nº. 6.393/2011
Don Miguel Ángel Rivas Carrascosa, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Jaén, hace saber:
Que en la Ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 73/2011, a instancia de la parte actora Ana Belén Polo Cueva contra Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 23 de Junio de 2.011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Decreto
Acuerdo:
a) Declarar a las empresas ejecutadas Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.580,12 euros en concepto de principal e interés de mora, más la de 716,02 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento, sin perjuicio de ulterior y definitiva liquidación.
b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante que lo solicite, para que surta sus efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
c) Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer Recurso Directo de Revisión, a interponer ante quien dicta la resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL, constituyendo el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita, el Depósito de 25 euros en la cuenta de Banesto 2090/0000/30/0073/11 acreditándolo con el correspondiente resguardo, y sin cuyo requisito no se dará trámite al recurso. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Lo acuerdo y firmo. El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Promarsal Andalucía S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 23 de junio de 2011.- El Secretario Judicial, firma ilegible.