Boletín nº 135 (15-07-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montemayor
Nº. 6.557/2011
En virtud de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, he resuelto:
Primero. Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales:
Sra Dª Juana Torres Jiménez.
Sr. D. Salvador Torres Carmona.
Sr. D. Rafael Jiménez Alcaide.
Segundo. Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que tendrán lugar los primeros y tercer miércoles de cada mes a las 10:00 en el Salón de Comisiones, celebrándose al días siguiente si es festivo, declarándose inhábil los meses de julio y agosto.
Tercero. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:
- Aprobación inicial del Plan Parcial.
- Aprobación inicial de Estudio de Detalle.
- Aprobación inicial y definitiva del Proyecto de Urbanización.
- Aprobación inicial de Bases y Estatutos de Junta de Compensación.
- Constitución de Juntas de Compensación aprobación inicial.
- Aprobación inicial y definitiva de Proyectos de Compensación y Reparcelación.
- Proyecto de Expropiación aprobación inicial y definitiva.
- Aprobación de Licencias Urbanísticas de Edificación, Obras e Instalaciones no sometidas a procedimiento abreviado.
- Aprobación de Licencias Urbanísticas de Primera Ocupación/Utilización.
- Aprobación de Licencias Urbanísticas de Segregación y Agregación Rústicas y Urbanas.
- Licencias de Aperturas de Actividades no sometidas a declaración responsable.
- Admisión a trámite de Proyectos de Actuación.
Cuarto. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo. Asimismo, publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde.
Quinto. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que se celebre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente
Montemayor a 5 de julio de 2011.- El Alcalde, José Díaz Díaz.