Boletín nº 137 (19-07-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Jaén
Nº. 6.617/2011
Don José Ramón Rubia Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 150/2011 a instancia de la parte actora Dª. Carmen Cabeza Toribio, Francisco Jesús Ordóñez Campos, María Isabel Contreras González, María Dolores Valenzuela Olmo, Jesús Aranda Peiro y Margarita Ruiz Sutil contra Centros Gestión Dependencia S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 28 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:
Fallo
Estimando la demanda promovida por D. Francisco Jesús Ordóñez Campos y Dª. Isabel Contreras González contra la empresa Centros de Gestión de Dependencia S.L., debo condenar a la citada empresa a que abones a cada actor 2.138,48 euros, más el diez por ciento de interés de mora.
Con absolución del Fogasa en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante este Juzgado, en plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en el Banesto de esta capital el importe total de la condena cc 2046 0000 65-0150-11 y la suma de 150 euros como depósito especial para recurrir cc 2046 0000 67-0150-11.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Centros Gestión Dependencia S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 30 de junio de 2011.- El Secretario Judicial, firma ilegible.