Boletín nº 139 (21-07-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 6.916/2011
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 17 de junio de 2011, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:
N.º 124/11.- ALCALDÍA.- 6. Aprobación de la relación de cargos con dedicación exclusiva y parcial y sus retribuciones, así como de las indemnizaciones correspondientes por asistencia a Sesiones Plenarias y determinación del número y retribuciones del personal eventual.
Examinado el expediente tramitado al efecto, vistos los informes obrantes en el mismo, las renuncias formuladas a la dedicación exclusiva por D.ª M.ª Jesús Botella Serrano y por D. José Antonio Nieto Ballesteros y de conformidad con las Mociones conjuntas de fechas 16/06/11, el Excmo. Ayuntamiento Pleno,por unanimidad, acuerda:
Primero: Establecer el régimen de dedicación exclusiva para los siguientes cargos en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Tenientes de Alcalde (5) |
55.849,64 |
Miembros no electos de la J.G.L (3) |
50.724,80 |
Concejales Delegados (9) |
50.724,80 |
Portavoz Grupo UCOR (1) |
55.849,64 |
Viceprotavoz Grupo UCOR (1) |
50.724,80 |
Concejal sin delegación UCOR (1) |
45.290,00 |
Portavoz Grupo IU (1) |
55.849,64 |
Viceportavoz Grupo IU (1) |
50.724,80 |
Portavoz Grupo Socialista (1) |
50.724,80 |
Viceportavoz Grupo Socialista (1) |
45.290,00 |
Segundo: Establecer el régimen de dedicación parcial de 2/3 de la jornada para los siguientes cargos en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Concejal sin delegación PSOE (1): 33.204,64.
Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 74.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán por su asistencia a cada sesión plenaria ordinaria o extraordinaria, incluidas las urgentes que se celebren, a excepción de las sesiones extraordinarias de condena a la violencia de género por las que no se percibirá importe alguno, las siguientes cantidades en concepto de indemnización:
1.- Por asistencia a cada sesión Ordinaria del Pleno: 751,27 €.
2.- Por asistencia a cada sesión Extraordinaria del Pleno: 375,64 €.
Cuarto: Los presentes acuerdos serán publicados íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación junto a la relación nominal de las personas que ocuparán estos cargos, debiendo los Grupos Políticos comunicar el nombre de sus miembros con algún tipo de dedicación a la Secretaría General del Pleno y al Departamento de Personal a los efectos oportunos.
Quinto: Establecer el siguiente número, características y retribuciones del personal eventual, debiendo entenderse las retribuciones referidas en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Grupo Municipal Popular
6 Asesores de Grupo |
37.217,60 por asesor |
4 Administrativos |
28.621,18 por Adm. |
3 Auxiliares |
25.401,60 por Aux. |
Grupo Municipal Unión Cordobesa
1 Coordinador de Grupo |
41.061,86 |
1 Asesor de Grupo |
37.217,60 |
2 Administrativos |
28.621,18 por Adm. |
Grupo Municipal IU
2 Asesores de Grupo |
37.217,60 por Asesor |
2 Administrativos |
28.621,18 por Adm. |
Grupo Municipal Socialista
1 Asesor de Grupo |
37.217,60 |
3 Auxiliares |
25.401,60 por Aux. |
Gabinete de Alcaldía
1 Jefe de Gabinete |
45.327,00 |
1 Jefe de Prensa |