Boletín nº 139 (21-07-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 6.916/2011

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 17 de junio de 2011, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:

N.º 124/11.- ALCALDÍA.- 6. Aprobación de la relación de cargos con dedicación exclusiva y parcial y sus retribuciones, así como de las indemnizaciones correspondientes por asistencia a Sesiones Plenarias y determinación del número y retribuciones del personal eventual.

Examinado el expediente tramitado al efecto, vistos los informes obrantes en el mismo, las renuncias formuladas a la dedicación exclusiva por D.ª M.ª Jesús Botella Serrano y por D. José Antonio Nieto Ballesteros y de conformidad con las Mociones conjuntas de fechas 16/06/11, el Excmo. Ayuntamiento Pleno,por unanimidad, acuerda:

Primero: Establecer el régimen de dedicación exclusiva para los siguientes cargos en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Tenientes de Alcalde (5)

55.849,64

Miembros no electos de la J.G.L (3)

50.724,80

Concejales Delegados (9)

50.724,80

Portavoz Grupo UCOR (1)

55.849,64

Viceprotavoz Grupo UCOR (1)

50.724,80

Concejal sin delegación UCOR (1)

45.290,00

Portavoz Grupo IU (1)

55.849,64

Viceportavoz  Grupo IU (1)

50.724,80

Portavoz Grupo Socialista (1)

50.724,80

Viceportavoz Grupo Socialista (1)

45.290,00

Segundo: Establecer el régimen de dedicación parcial de 2/3 de la jornada para los siguientes cargos en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Concejal sin delegación PSOE (1): 33.204,64.

Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el art. 74.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán por su asistencia a cada sesión plenaria ordinaria o extraordinaria, incluidas las urgentes que se celebren, a excepción de las sesiones extraordinarias de condena a la violencia de género por las que no se percibirá importe alguno, las siguientes cantidades en concepto de indemnización:

1.- Por asistencia a cada sesión Ordinaria del Pleno: 751,27 €.

2.- Por asistencia a cada sesión Extraordinaria del Pleno: 375,64 €.

Cuarto: Los presentes acuerdos serán publicados íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación junto a la relación nominal de las personas que ocuparán estos cargos, debiendo los Grupos Políticos comunicar el nombre de sus miembros con algún tipo de dedicación a la Secretaría General del Pleno y al Departamento de Personal a los efectos oportunos.

Quinto: Establecer el siguiente número, características y retribuciones del personal eventual, debiendo entenderse las retribuciones referidas en las cuantías brutas que se indican, a percibir en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Grupo Municipal Popular

6 Asesores de Grupo

37.217,60 por asesor

4 Administrativos

28.621,18 por Adm.

3 Auxiliares

25.401,60 por Aux.

Grupo Municipal Unión Cordobesa

1 Coordinador de Grupo

41.061,86

1 Asesor de Grupo

37.217,60

2 Administrativos

28.621,18 por Adm.

Grupo Municipal IU

2 Asesores de Grupo

37.217,60 por Asesor

2 Administrativos

28.621,18 por Adm.

Grupo Municipal Socialista

1 Asesor de Grupo

37.217,60

3 Auxiliares

25.401,60 por Aux.

Gabinete de Alcaldía

1 Jefe de Gabinete

45.327,00

1 Jefe de Prensa

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