Boletín nº 150 (05-08-2011)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 6.988/2011

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día cinco de julio de dos mil once, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:

Nº 143/11.- Gerencia Municipal de Urbanismo:- 11. Expediente de aprobación inicial de anteproyecto para reforma de zonas deportivas exteriores y patio de recreo del Colegio Salesiano San Francisco de Sales, para la declaración de edificio singular a los efectos previstos en el PGOU.-

Se conoce el expediente de aprobación inicial de Anteproyecto para reforma de zonas deportivas exteriores y patio de recreo del Colegio Salesiano San Francisco de Sales, para la declaración de edificio singular a los efectos previstos en el PGOU, dictaminado en el día de la fecha por la Comisión Permanente de Urbanismo, Políticas Territoriales y Transversales, Presidencia y Seguridad.-

Sometido el asunto a votación, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, Acuerda:

Primero: Aprobar inicialmente el Anteproyecto presentado en consideración al carácter singular del edificio, en los términos y a los efectos que se contienen en el artículo 36 del PEPCH, con las siguientes condiciones:

En el cómputo de la ocupación actual de la edificación en la parcela, debe aplicarse el 100% en porches y galerías, al no cumplir dichos elementos con las condiciones propias exigidas en la normativa.-

El material de cobertura de la cubierta proyectada, presentará coloración y textura similar a la teja cerámica tradicional.-

Segundo: Someter la propuesta a informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.-

Tercero.- Abrir un periodo de información pública por plazo de 15 días en la forma prevista en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en el tablón de Edictos de esta Administración.-

Y para que conste, surte sus efectos donde corresponde y a reserva de lo dispuesto en el artículo doscientos seis del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación de orden y con el Vº. Bº. del Excmo. Sr. Alcalde. Firmado en Córdoba, a seis de Julio de dos mil once.

Córdoba, 7 de julio de 2011.- El Presidente de la G.M.U., Fdo.: Luis Martín Luna.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad