Boletín nº 156 (16-08-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 7.376/2011

Doña Rafaela Crespín Rubio, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de La Carlota el día 11 de junio de 2011 para el mandato corporativo 2011/2015, surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones Municipales el pasado 22 de mayo de 2011, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal y en particular, en lo que se refiere a la determinación del número, características y retribuciones del Personal Eventual, el Ayuntamiento Pleno, en sesión Extraordinaria, celebrada el día 24 de Junio de 2011, aprobó lo que sigue:

"Primero.- Establecer la relación de personal eventual, con las características y retribuciones que se relacionan a continuación, debiendo indicarse que el régimen de dedicación de los mismos será exclusiva, sin perjuicio del horario de trabajo que para cada uno de ellos se determine:

Denominación 

Núm.

Funciones 

Grupo y Subrupo

Nivel

Requisitos 

Retribuciones brutas anuales y régimen de dedicación

Secretaria de Alcaldía

1

Tareas de confianza Alcaldía.

Grupo C

Subgrupo C2

17

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

11.232,00 euros brutos anuales.

Parcial

Secretario Equipo de Gobierno

1

Tareas de confianza Equipo de Gobierno

Grupo C

Subgrupo C2

17

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

11.232,00 euros brutos anuales.

Parcial

Secretario Equipo de Gobierno

1

Tareas de confianza Equipo de Gobierno

Grupo C

Subgrupo C2

17

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

19.656,00 euros brutos anuales.

Exclusiva

 

Segundo.- Ratificar la Resolución de Alcaldía número 882, de 13 de junio de 2011 por la que se nombra con efectividad a partir del día 13 de junio de 2011, al personal eventual para el desempeño de los puestos de confianza o asesoramiento especial que se indica a continuación, percibiendo las siguientes retribuciones económicas:

DNI

Nombre y Apellidos

Retribuciones

Dedicación

30.807.204 S

Antonia Crespín García

11.232,00 euros brutos anuales.

Parcial.

80.142.916 Z

Salvador Narváez Albalat

19.656,00 euros brutos anuales.

Exclusiva.

Tercero.- Modificar la Resolución de Alcaldía número 882, de 13 de junio de 2011, en lo referente al régimen de dedicación de un Secretario de Equipo de Gobierno, recaído en Dª Marina Reifs Urbano, con D.N.I. nº 14.635.809-N, que pasa a dedicación parcial.

Cuarto.- Aprobar, en todas sus partes, los acuerdos segundo, tercero, cuarto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo y undécimo que se incluyen en la propuesta transcrita en la parte expositiva y en los términos en ellos reflejados:

Segundo.- El nombramiento del personal que desempeñará estos puestos se efectuará mediante Resolución de Alcaldía, libremente entre las personas que reúnan los requisitos establecidos. El desempeño de estos puestos no constituirá mérito para el acceso a la función pública o la promoción interna y su cese corresponde disponerlo libremente a la Alcaldía, produciéndose también en todo caso cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.

Tercero.- Los efectos económicos del presente acuerdo se producirán desde el día de su nombramiento, previa la tramitación del correspondiente expediente de modificación de créditos que, en su caso, resulte necesario.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento los nombramientos de personal eventual, junto con sus retribuciones y régimen de dedicación.

Sexto.- Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal eventual del Ayuntamiento de La Carlota al objeto de amortizar una plaza de Asesor de Alcaldía y una plaza de Secretario de Equipo de Gobierno así como modificar, en su caso, las Bases de Ejecución del Presupuesto.

Séptimo.- Someter a información pública el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la plantilla de personal eventual durante un plazo de quince días hábiles, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios de la Corporación a efectos de reclamaciones.

Octavo.- El presente acuerdo se considerará como definitivo de no producirse reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición pública, entrando en vigor en el ejercicio a que se refiere, una vez se haya cumplido lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Noveno.- Remitir copia del presente acuerdo a las Administraciones estatal y autonómica, dentro del plazo de treinta días, en cumplimiento de lo establecido por los artículos 126 y 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986,

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