Boletín nº 157 (17-08-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Obejo

Nº. 7.386/2011

Por medio de la presente se pone en conocimiento que por este Ayuntamiento en sesión plenaria extraordinaria organizativa celebrada el día 07/07/2011 se ha adoptado el siguiente Acuerdo que literalmente dice lo siguiente:

12.- Aprobación inicial, si procede, de modificación parcial del Reglamento Orgánico Municipal, relativo a la derogación del artículo 15 por la que se creaba la Junta de Delegados.

Con la convocatoria de la sesión se ha repartido la propuesta de Alcaldía que literalmente dice así:

Don Luis Sánchez Marín, Alcalde-Presidente Del Ayuntamiento De Obejo, de conformidad con el artículo 97.2 del ROF, propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo,

Propuesta

Primero.- Aprobación inicial, si procede, de Modificar el Reglamento Orgánico Municipal, en su articulo 15, en el que se regula el órgano complementario Junta De Delegados, quedando éste derogado íntegramente, así como también cualquier otra referencia que se haga respecto a este órgano en todo el Documento.

En Obejo a 5 de julio de 2011. El Alcalde. Fdo. Luis Sánchez Marín.

Acto seguido toma la palabra la Secretaría y procede a la lectura del siguiente Informe:

Melania Segura Martínez, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Obejo, en relación con el expediente de Modificación de Bases de Ejecución del Presupuesto, tramitado en esta secretaria con el núm. 250/2011, se emite el siguiente INFORME:

Antecedentes:

Por la Alcaldía de este Consistorio se ha elaborado propuesta de Modificación del Reglamento Orgánico Municipal en los términos expuestos.

Legislación aplicable básicamente:

- Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local

- Real Decreto 2.568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

- Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común.

Procedimiento a seguir y propuesta de resolución:

De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, la aprobación de las ordenanzas locales, se ajustará al siguiente procedimiento:

- 1.- Aprobación Inicial por el Pleno

- 2.- Información Pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

- 3.- Resolución de todas reclamaciones y sugerencias presentadas dentro de plazo y aprobación definitiva por el Pleno.

Tratándose de una modificación, ésta tiene una tramitación similar, es decir, una vez se adopte el acuerdo oportuno, de ser favorable procederá su publicación en el BOP Córdoba, a efectos de alegaciones y/o reclamaciones. Transcurrido el plazo de treinta días procederá la resolución de aquellas, si las hubiera, y si no el acuerdo de aprobación inicial se convierto por si mismo en aprobación definitiva, sin necesidad de volver a someterlo a consideración plenaria.

Se advierte que el presente acuerdo requiere para su aprobación mayoría absoluta. En Obejo a 4 de julio de 2011. La Secretaria.

Sometido el asunto a votación ordinaria se obtiene el siguiente resultado:

- Votos a favor: 06.

- Votos en contra: 00.

- Abstenciones: 03.

Se aprueba por mayoría absoluta de los Srs. Concejales asistentes a la sesión.

Lo que se hace publico para general conocimiento en Obejo a 1 de agosto de 2011.- El Alcalde, Luis Sánchez Marín.

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