Boletín nº 162 (24-08-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Santa Eufemia

Nº. 7.599/2011

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de julio de 2011 adoptó el siguiente acuerdo:

2) Aprobación, si procede, de la Propuesta de la Alcaldía sobre Determinación de las Retribuciones del cargo de Alcalde en concepto de dedicación exclusiva, asistencia a Sesiones de Órganos Colegiados y asignación a Grupos Políticos.

Se da lectura a la propuesta de la Alcaldía que literalmente dice lo siguiente:

"Propuesta de la Alcaldía sobre Determinación de las Retribuciones del cargo de Alcalde en concepto de dedicación exclusiva, asistencia a Sesiones de Órganos Colegiados y asignación a Grupos Políticos.

El volumen de servicios, actividades y expedientes de diversa naturaleza en esta Corporación hacen necesario, para su adecuado seguimiento y atención específica que el cargo de Alcalde se siga ejerciendo en régimen de dedicación exclusiva.

Asimismo es necesario adoptar medidas que garanticen el correcto funcionamiento de los grupos políticos municipales para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las posibilidades económicas de esta Corporación.

Considerando lo dispuesto en los artículos 73.3 y 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, en los artículos 23 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre y normas concordantes y generales de aplicación, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar el desempeño del cargo de Alcalde en régimen de dedicación exclusiva, con la retribución bruta mensual percibida durante lo que va del año 2011, que asciende a 2.545,83 €, (1.950,11 € líquidos) que incluye pagas extras prorrateadas, cantidad que supone una minoración del 6% de lo percibido en el año 2010 como consecuencia de las medidas adoptadas en cumplimiento del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, de reducción del déficit público.

Segundo. Los Concejales percibirán por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte (Pleno y Junta de Gobierno Local) la cantidad de 20 € por sesión.

Tercero. Para el cumplimiento de sus fines, y con cargo al Presupuesto anual de la Corporación, se asigna a los Grupos Políticos municipales una dotación económica mensual que vendrá determinada por los siguientes parámetros:

- Componente fijo: 70 euros a cada uno de los grupos políticos, con independencia del número de miembros de la Corporación que los integren.

- Componente variable: 30 euros por cada uno de los miembros de la Corporación que integren el grupo político de que se trate.

No produciéndose debate, la Corporación, en armonía con el dictamen de la Comisión de Cuentas, acuerda por cuatro votos a favor del Grupo del P.S.O.E. y tres abstenciones correspondientes al Grupo del P.P., aprobar en su integridad la propuesta de la Alcaldía transcrita.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Santa Eufemia, a 8 de agosto de 2011.- EL Alcalde, Elías Romero Cejudo.

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