Boletín nº 163 (25-08-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 7.688/2011

Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y/o sugerencias contra el acuerdo de aprobación inicial del Reglamento Orgánico Municipal (publicado en el BOP núm. 128 de 6 de julio de 2011, queda elevado a definitivo dicho acuerdo, adoptado en la sesión celebrada por el Pleno el día 23 de junio de 2011.

A los efectos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro de la modificación del Reglamento, publicado en el BOP núm. 127 de 25 de agosto de 2004 (modificado en sesión celebrada por el Pleno el día 25 de febrero de 2010 y publicada la modificación en el BOP núm. 115 de 21 de junio de 2010).

REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL

Artículo 45.- Junta de Delegados. Composición.

1.- Es un órgano colegiado compuesto por todos los Concejales que ostenten alguna Delegación General o Especial de esta Alcaldía.

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Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que contra la modificación del Reglamento, anteriormente expresado, podrá interponerse, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación en el B.O.P., Recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, conforme a lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Posadas (Córdoba), a 11 de agosto de 2011.- El Alcalde, Antonio Jesús Ortega Borja.

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