Boletín nº 164 (26-08-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Cañete de las Torres

Nº. 7.705/2011

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2011, adoptó, entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar el Estudio de Detalle de la UE 7 (Deposito del agua), situada entre la calle Cerrillo y calle Maestro Hita, promovido por Prosagar, S.L.

Segundo.- Desestimar la alegación presentada por D. José y D. Antonio Rafael Nocete Rueda, propietarios de terrenos en el Sector UE7, por los motivos expuestos en el informe de Planeamiento que obra en su expediente de fecha 18/12/2007, y que han sido expuestos anteriormente.

Tercero.- Notificar al promotor y a D. José y D. Antonio Rafael Nocete Rueda.

Contra el precedente acuerdo que agota la vía administrativa podrá interponer, con carácter potestativo, indistinta y alternativamente, los siguientes recursos:

- De Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al que se notifique.

- Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en Córdoba, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto, a tenor de lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92 y art. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, bien entendiendo que si utiliza el Recurso de Reposición no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que se haya resuelto expresamente aquel y se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto, lo que producirá por el transcurso de un mes sin haber recibido notificación de la resolución expresa del mismo.

Cañete de las Torres, 12 de agosto 2011.- El Alcalde, Félix Romero Carrillo.

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