Boletín nº 170 (05-09-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 7.875/2011
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 25 de agosto de 2011, se ha resuelto lo siguiente:
Decreto 402/2011
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al art. 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar entre D. Rafael Córdoba Jiménez y Dª. María del Carmen Jiménez Pulido, el próximo día 27 de agosto de 2011, a las 20´30 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1.- Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Miguel Fernández Barbero, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil a celebrar entre D. Rafael Córdoba Jiménez y Dª. María del Carmen Jiménez Pulido, el próximo día 27 de agosto de 2011, a las 20´30 horas.
2.- Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera a 25 de agosto de 2011.- El Alcalde Acctal., Fdo.: Francisco Juan Martín Romero.