Boletín nº 179 (19-09-2011)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 7.775/2011

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Instalación Generadora de Energía Eléctrica a partir de Biomasas Agrícolas y Cultivos Energéticos. 

ANTECEDENTES  

PRIMERO: D. José María de Pereda Fernández, en nombre y representación de Aldebarán Energía del Guadalquivir S.L. solicita ante esta Delegación Provincial Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para instalación fotovoltaica situada, sobre cubierta de nave industrial en Polígono 2, parcela 46, del término municipal de Carpio (El) (Córdoba). 

SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables, y en concreto los trámites previstos en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la producción de energía eléctrica en régimen especial, el Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión, el Decreto 50/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan los procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica emplazadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como lo previsto en la Instrucción de 21 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre el procedimiento de puesta en servicio de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.

TERCERO: Por Técnico adscrito al Departamento de Energía de esta Delegación Provincial, ha sido emitido informe favorable referente a la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto descrito en el punto primero. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO  

ÚNICO: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 168/2009, de 19 de mayo, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas. 

Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación Provincial RESUELVE: 

Conceder la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto solicitado por Aldebarán Energía del Guadalquivir S.L., relativa a la instalación de cuyas características principales son las siguientes:  

-Caldera de combustión de cultivos energéticos y residuos agrícolas, con recuperación de calor en hogar acuotubular, con una producción de 25 tm/h de vapor de agua sobrecalentado a una presión de 67 bares y 485 ºC.

-Turbina de vapor multietapa asociada a un alternador de potencia nominal de 6 MW y tensión 6,3 KV.

-Transformador de potencia de relación 66/6,3 KV y línea aérea y subterránea de 66 KV, para conexión a la red de la compañía distribuidora.

-Transformador de potencia de relación 6,3/0,4 KV para servicios auxiliares y autoconsumo.

-Instalación y equipos auxiliares de protección, maniobra, control, regulación y medida.

-Potencia total de generación instalada 6.000 KW. 

Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación ya señalada, debiendo cumplir las condiciones que en la misma se establece, y las especiales siguientes: 

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

3. Asimismo, deberá proceder a la tramitación de la correspondiente línea de evacuación para la obtención de la oportuna autorización administrativa.

4. El plazo máximo para la puesta en servicio de la instalación generadora será de 12 meses contados a partir de la presente resolución. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el solicitante a la petición de prórrogas de este plazo que deberán ser realizadas antes del vencimiento del mismo y se justificarán según los criterios del artículo 10 del Decreto 50/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan los procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica emplazadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente con la correspondiente resolución de puesta en marcha de la instalación, emitida por esta Delegación Provincial.

6. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Notifíquese la presente Resolución al interesado en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

RESUELVE:

La Directora General de Industria, Energía y Minas. (P.D. Resolución de 2 de julio de 2007). La Delegada Provincial, Maria Sol Calzado García.

PROPONE:

El Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.

Complemento a la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se modifica la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de una Instalación Generadora de Energía Eléctrica a partir de Biomasas Agrícolas y Cultivos Energéticos.

Detectadas erratas en la Resolución de la entonces Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Córdoba, de fecha 19/11/2009, sobre Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para instalación generadora de energía eléctrica a nombre de Aldebarán Energía del Guadalquivir, S.L., y visto el informe favorable de técnica adscrita al Departamento de Energía de esta Delegación Provincial, procede a emitirse la presente resolución de corrección de errores, debiendo modificarse la resolución original en los términos que se describen:

El párrafo primero de los Antecedentes debe quedar sustituido por el siguiente:

PRIMERO: D. José María de Pareda Fernández, en nombre y representación de Aldebarán Energía del Guadalquivir, solicita ante esta Delegación Provincial Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para instalación generadora de energía eléctrica a partir de biomasas agrícolas y cultivos energéticos, situada en Polígono 2, parcela 46, del término municipal de el Carpio (Córdoba).

El punto cuatro de las condiciones descritas en el Resuelvedeberá sustituirse por el siguiente:

4. El plazo máximo para la puesta en servicio de la instalación generadora será de 36 meses contados a partir de la presente resolución. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el solicitante a la petición de prórrogas de este plazo que deberán ser realizadas antes del vencimiento del mismo.

Notifíquese la presente Resolución al interesado en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudie

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