Boletín nº 195 (11-10-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 8.552/2011

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1426/2010 a instancia de la parte actora D. Manuel López Ibarra Herrera contra Fornituras Izquierdo S.L y Otros sobre Seguridad Social, se han dictado las siguientes resoluciones judiciales, cuyas partes dispositivas, sustancialmente, dicen:

1) Sentencia de 16-06-2011, cuyo fallo dice:

"Que estimando la demanda formulada por D. Manuel López Ibarra Herrera, contra el INSS, la Mutua Activa Mutua 2008 y la empresa Fornituras Izquierdo SL., debo condenar y condeno:

1.- A la citada empresa, a que abone al actor en concepto de subsidio de incapacidad temporal por el periodo de 13 al 27 de abril de 2010, la cantidad de 327,53 euros, y

2.- A la misma empresa y Mutua demandada, al pago solidario del subsidio de incapacidad temporal por el periodo de 28 de abril a 31 de mayo de 2010, por importe total de 1.517,62 euros.

Todo ello, sin perjuicio del derecho de la Mutua a repetir contra la empresa el importe de la prestación a cuyo pago directo y anticipado viene obligada y sin perjuicio, asimismo, de la responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia de la mutua.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Mutua demandada que en caso de recurrir, deberá consignar en la Entidad Gestora o Servicio común correspondiente, el capital importe de la prestación declarada en el fallo, a su cargo, presentando en el Juzgado de lo Social el oportuno resguardo, e ingresar en la Cuenta de "Depósitos y Consignaciones" la cantidad de 150,25 euros.

Así por esta mi Sentencia, de la que quedará oportuno testimonio en las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.- Fdo.: Dª María de la Cabeza Rivas Barranco, Magistrada Sustituta del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba".

2) Providencia de 26 de julio de 2011, cuya parte dispositiva dice:

"Dada cuenta, únase el Extracto Detallado de Movimiento a fecha 26 de julio de 2011, y visto que se ha ingresado por Activa Mutua 2008 en la cuenta de este juzgado la cantidad de 1.517,62 € en cumplimiento de la responsabilidad solidaria del subsidio de IT por el período de 28 de abril de 2010 a 31 de mayo de 2010. Se acuerda se entregue a D. Manuel López Ibarra Herrera una vez sea firme la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Lo mandó y firma S.Sª. Doy fe.- Fdo.: Maria de la Cabeza Rivas Barranco (Magistrada Sustituta del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba).- Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- Rubricados.

3) Diligencia de Ordenación de 26 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva dice:

"Visto estado de las presentes actuaciones, encontrándose la empresa Fornituras Izquierdo S.L en ignorado paradero, se acuerda notificar a la misma la parte dispositiva de la Sentencia de 16-06-2011, Providencia de 26-07-2011 así como de la presente resolución a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles contados, desde el siguiente del a notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, y sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo mandó y firma, doy fe.- Fdo.: Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- Rubricado".

Y para que sirva de notificación a la demandada Fornituras Izquierdo S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 26 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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