Boletín nº 197 (14-10-2011)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 8.372/2011
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2011 y posterior rectificación de fecha 7 de septiembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Admitir a trámite las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública al Proyecto de Urbanización PU-PP N-3 El Pretorio, y estimar las alegaciones nº 3 y nº 3-Bis presentadas por don Julián Blanco Ramírez en representación de Carril Bici y la nº 4 presentada por doña Isabel Cárdenas Talaverón; y desestimar las alegaciones nº 1 y nº 1-Bis presentadas por don Juan Escribano Gutiérrez en representación de Ecologistas en Acción, y la nº 2 y nº 2-Bis también presentadas por don Julián Blanco Ramírez en representación de Carril-Bici. Todo ello en el sentido recogido en el informe del Servicio de Planeamiento y las fichas de contestación a las alegaciones, que se incluyen en el presente informe, como motivación de la Resolución.
Segundo.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización PU-PP N-3 El Pretorio referente a las obras necesarias para dotar de todos los Servicios Urbanísticos al ámbito de suelo urbanizable ordenado del referido sector y promovido por la Junta de Compensación del mismo y redactado por el ingeniero de Caminos Antonio García de Viguera y por el ingeniero industrial Rafael Ruiz Bernier.
Tercero.- Advertir a los Promotores (Junta de Compensación) que deberán tener en cuenta que las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:
1º.- Las obras internas del sector a que se refiere el Proyecto de Urbanización que se aprueba se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto de Urbanización aprobado definitivamente y a los Pliegos de Condiciones y Presupuestos incluidos en aquel, bajo la supervisión de esta Gerencia Municipal de Urbanismo.
2º.- El solicitante deberá encomendar la dirección de las obras a un técnico superior particular, quien nombrará bajo su responsabilidad al personal técnico de grado medio y de vigilancia de obras, a fin de poder ejercer la debida inspección de las mismas.
3º.- Asimismo, deberá comunicar a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación la fecha de comienzo de las obras, el nombre del Contratista que las realice y en su caso, el de los técnicos directores de las obras, a fin de poder ejercer la debida inspección de las mismas, efectuándose conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión el replanteo de las obras y suscripción de la correspondiente Acta de Replanteo e Inicio de Obra.
4º.- Deberán tenerse en cuenta durante el transcurso de las obras las condiciones y recomendaciones impuestas en el resto de informes que han sido emitidos por los diferentes organismos, compañías y departamentos municipales, de acuerdo con lo especificado en el Informe del Servicio de Planeamiento que se adjunta como argumentación.
Cuarto.- Advertir al promotor que deberán aportar un depósito del 2% del Presupuesto de Ejecución Material (equivalente a 51.760,12 €), en concepto de control de calidad, establecido por el artículo 5.2.4 (Apdo. 3) del vigente PGOU.
Quinto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.
Sexto.- Advertir a los Promotores que en el caso de pretender simultanear las obras de urbanización y de edificación, deberá obtener autorización previa para ello, debiendo depositar en concepto de fianza, un aval equivalente al 100% del Presupuesto Total de la Urbanización (incluidos honorarios profesionales, beneficio industrial, gastos generales e IVA) asumiendo los compromisos establecidos en el artículo 41 del Reglamento de Gestión y 55 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).
Séptimo.- Notificar el presente acuerdo a los Promotores con indicación de los Recursos que procedan.
Córdoba, 15 de septiembre de 2011.- El Gerente, Juan Luis Martínez Sánchez.