Boletín nº 199 (18-10-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villaharta
Nº. 8.773/2011
Por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 4 de octubre de 2011 y con la mayoría prevista en el artículo 47,3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se adoptó provisionalmente acuerdo de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
1.- Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.
2.- Ordenanza Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
3.- Ordenanza Reguladora de la Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.
4.- Ordenanza Reguladora de la Tasa por utilización de edificio de Usos Múltiples.
5.- Ordenanza Reguladora de Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.
6.- Tasa por Prestación del Servicio de Cementerio Municipal.
7.- Tasas por Utilizaciones Privativas o Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local.
8.- Tasa por la Prestación del Servicio de Piscina Municipal.
9.-.Tasas por Prestación del Servicio de Mercado.
10.- Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Basuras.
11.- Tasa por Prestación del servicio de fotocopiadora.
12.- Tasa por autorización para utilización en placas, patentes y otros distintivos análogos del escudo municipal.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17, párrafos 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el expediente, que estará de manifiesto en la Secretaría Municipal, queda expuesto al público por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante el expresado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que consideren oportunas que deberán ser resueltas por el Pleno.
En caso de no presentarse reclamaciones se considerará elevado a definitivo el acuerdo provisional.
Villaharta a 6 de octubre de 2011.- El Alcalde, Fdo.: Alfonso Expósito Galán.